12 abr. 2026

Imedic: Confirman condena de 3 años para Justo Ferreira

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Juicio. El Tribunal de Apelación confirmó la condena de Justo Ferreira por contrabando.

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El Tribunal de Apelación Penal ratificó la condena de 3 años de prisión al directivo de la firma Insumos Médicos SA (Imedic), Justo Ferreira. Además, ratificó la absolución de cuatro personas, entre ellas, su hija Patricia Ferreira en la causa por el contrabando de 50 camas hospitalarias en pandemia.

Fue voto dividido de los camaristas Arnaldo Fleitas, Cristóbal Sánchez y José Waldir Servín. Los primeros votaron por ratificar la sentencia en todas sus partes, mientras que el último votó por ratificar la condena, pero anular la absolución de los demás acusados, y que se dicte el reenvío para otro juicio.

Según los camaristas Fleitas y Sánchez, los jueces Elsa García, Yolanda Morel y Juan Pablo Mendoza, al dictar la sentencia el 5 de diciembre de 2023, desarrollaron y fundamentaron con suficiencia los elementos para llegar a la decisión final de condenar a Ferreira.

Afirman que “no se observan en la sentencia recurrida errores de juzgamiento o falsa apreciación de los hechos, o equivocada aplicación o interpretación del derecho, que ameriten modificarla, revocarla o anularla, en consecuencia, corresponde confirmar en todas sus partes”.

Para los magistrados quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho punible de contrabando. No obstante, no se probaron la asociación criminal ni la producción de documentos no auténticos.

Con relación a Patricia Ferreira, directiva de la firma, dijeron los jueces que la Fiscalía no demostró su participación en los hechos y solo se limitó a sostener que es responsable por ser representante de la empresa, lo cual no implica responsabilidad penal según los jueces.

Además de Patricia Ferreira, en el juicio habían sido absueltos, los funcionarios de Aduanas, Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, a más del despachante Carlos Gamarra.

El camarista José Waldir Servín votó en disidencia en cuanto a la absolución de los cuatro procesados. Refiere que los jueces no fundaron suficientemente la absolución de los acusados Patricia Ferreira y Carlos Gamarra sobre el contrabando.

Cita que no habló de las pruebas en las que se apoya para motivar la absolución; es decir, “no ha justificado adecuadamente la decisión que ha adoptado, no ha incorporado suficientemente la valoración jurídica sobre los hechos y los elementos de prueba que influyeron en la decisión”.

Remarca que esta circunstancia acarrea la nulidad de la sentencia, por lo que se debe disponer el reenvío de la causa para un nuevo juicio oral para los absueltos.

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