09 ago. 2025

Hace 20 años presentó su acción ante la Corte y aún no tiene sentencia

El pasado 20 de julio se cumplieron dos décadas desde que el ex fiscal José Luis Silva presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema, contra la resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que lo destituyó el 8 de julio de 2005. Hasta hoy, el Máximo Tribunal ni siquiera integró sala para tratar el caso. Silva señaló que ya denunció la situación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Pasaron años. La acción de inconstitucionalidad del ex fiscal José Luis Silva está para sentencia desde el 9 de abril de 2012.

Foto: Gentileza.

Con más de 100 urgimientos presentados, el ex fiscal José Luis Silva, hasta este momento, luego de 20 años de haber presentado la acción contra la sentencia definitiva N° 16/05 del 8 de julio de 2005, dictada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), no obtiene una respuesta –ya sea afirmativa o negativa– de la Corte Suprema de Justicia.

Silva fue destituido como agente del Ministerio Público, específicamente, por imponer orden de captura contra el abogado Óscar Paciello por supuesta obstrucción a la investigación, en la causa por el doble homicidio al conocido como Raúl Gusano Menocchio.

El profesional solicitó que se integre la Sala Constitucional con el pleno, ya que en todos los años quedó desintegrada por excusaciones, fallecimiento, por renuncia y otros que se acogieron a la jubilación.

El profesional señaló que la resolución que eleva el caso a autos para sentencia data del 12 de abril de 2012, con lo que transcurrió con exceso el plazo del artículo 554 del Código Procesal Civil, que le da a la Sala Constitucional de la Corte un plazo de 30 días para dictar un acuerdo y sentencia.

“Atento a la prolongación maliciosa de parte de los agentes del sistema de Justicia del Estado paraguayo, pese a los centenares de urgimientos presentados en el presente juicio, y el excesivo vencimiento de los términos establecidos en la ley para el dictamiento del fallo, indudablemente configura un grave menoscabo al valor de la Justicia”, refiere.

Señala específicamente al derecho a la defensa en juicio y al debido proceso, por lo que pide que se integren los ministros para estudiar la acción promovida.

En el caso, al ser una acción contra un fallo del JEM, deben ser los nueve ministros los que deben resolver. Dijo que la Justicia difiere, ya que en algunos casos en cuestión de horas se resuelve la acción que presentan.

Silva citó incluso que los actuales ministros presentaron sus acciones de inconstitucionalidad para ser inamovibles y ya tienen resolución, mientras que los justiciables esperaban años.

Ante la Corte Interamericana

Remarcó que ya acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que notificó al Estado paraguayo sobre su denuncia, y que no llegaron a un acuerdo con el Estado paraguayo, por lo que ahora se encuentra en la etapa de admisibilidad.

Eventualmente, si es que la Sala Constitucional no dicta un fallo, el Estado paraguayo se expone a una sanción donde deberán indemnizarle, refirió Silva.

Lea más: Tras 18 años, la Corte dio primeros trámites para caso de ex fiscal

Recordó que cuando planteó la acción, la Corte estaba integrada por los ministros Miguel Óscar Bajac, Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta, César Garay (quien ahora se excusó), y José Altamirano. Al final, se debe integrar con camaristas, explicó.

Afirmó que no puede ser que el Poder Judicial y el JEM destruyeran su vida personal y profesional, y que no tenga una respuesta.

Alegó que si le hacen eso a una persona con estudios universitarios, “imagínense lo que sería con el común de la gente”.

“Por eso es que levanto la voz. Ellos son servidores de la gente”, clamó, refiriéndose a los ministros de la Corte Suprema de Justicia.

Según había referido respecto al caso de Menocchio, su destitución se dio por supuestamente violar el derecho a la defensa de Raúl Menocchio al apresar a Óscar Paciello.

Sin embargo, sostuvo que el profesional no tenía ninguna credencial como abogado de Menocchio, ya cuando el acusado se encontraba prófugo, y la normativa refiere que nadie puede defenderse desde la clandestinidad.

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