El defensor del Pueblo Rafael Luis Ávila Macke fue imputado por presunto desacato a una orden judicial y se encuentra investido de inmunidades en razón de su cargo, por lo que la fiscala Mercedes Vera solicitó al Juzgado Penal de Garantías que comunique el acta de imputación y requerimiento fiscal presentado, y que en consecuencia la Honorable Cámara de Diputados trate su desafuero, informó la Fiscalía.
Según el acta de imputación, el 19 de junio del año pasado, el Tribunal de Cuentas Contencioso Administrativo de la Primera Sala dispuso hacer lugar a la medida cautelar peticionada en el escrito de inicio de la demanda, por la parte accionante Nidia Pintos Benítez, en donde había sido desvinculada como funcionaria permanente de la Defensoría del Pueblo con el cargo de directora general con categoría BIJ.
Además, menciona que se ordenó suspender los efectos de la resolución impugnada hasta tanto se dicte acuerdo y sentencia en el presente juicio dispuesto por el Tribunal y en consecuencia disponer su inmediata reposición al cargo que ostentaba como funcionaria de la Defensoría del Pueblo.
También se dispuso que la parte actora otorgue contracautela de G. 1 millón o en póliza de seguro.
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Posteriormente, el 11 de setiembre del mismo año, escrito mediante y bajo patrocinio de un abogado, la señora Nidia Pintos Benítez había comunicado al Tribunal de Cuentas de Primera Sala sobre el incumplimiento del A.I. de junio por parte de la Defensoría del Pueblo y en la persona del imputado Rafael Ávila.
Mencionando así mismo la vacancia dentro de la nómina de funcionarios, situación que se puede constatar en el informe remitido a la dependencia fiscal interviniente.
Luego, el presidente de Tribunal de Cuentas contencioso administrativo 1ª Sala remitió la notificación por oficio 1122 a la Fiscalía General del Estado, recepcionada en fecha 25 de setiembre del año pasado, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 4711/12 para el trámite pertinente con relación a la no reincorporación como funcionaria permanente.
El escrito del Ministerio Pública afirma que existen suficientes elementos de sospecha sobre la existencia de la supuesta comisión del hecho punible encuadrado dentro de la conducta descrita, que sanciona el desacato de una orden judicial.