Tras la confirmación de la reunión, el senador Rafael Filizzola señaló que los propios ministros confirmaron la reunión, pero cuestionó otros hechos. "¿Por qué fue secreta? ¿Por qué no invitaron a tres ministros? La explicación resulta ridícula. ¿El tema era el plan de caja? ¿En serio? ¿Para eso necesitaban reunirse con el presidente?”, dijo.
El senador también criticó la presencia del ex presidente Horacio Cartes en la reunión. “No tenía ningún motivo para participar. ¿Qué hace el presidente de un partido político en una reunión entre el presidente de la República y la Corte Suprema?”, manifestó.
"¿Qué hacía Cartes allí? Nadie negó su presencia. La disculpa no debía dirigirse a los ministros que no participaron, sino a toda la ciudadanía, que sigue reclamando una justicia que se ocupa de cualquier cosa menos de los compatriotas más vulnerable”, expresó.
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“Que los poderes públicos conversen no está mal. Lo que está mal es que la reunión haya sido secreta. No sabemos qué temas se trataron”, afirmó. Recordó que es comprensible que el jefe del Poder Ejecutivo dialogue con el Poder Judicial, pero sostuvo que esos intercambios deben ser institucionales, públicos y con una agenda clara.
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Filizzola añadió que la situación genera suspicacias, especialmente porque días después de ese encuentro fue aprobada una ley que “revive una especie de feudalización del Poder Judicial”, al subordinar a los jueces de cada Departamento a ministros de la Corte Suprema.
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“Es gravísimo. La independencia judicial no es solo la de la Corte Suprema, es también la independencia de cada juez frente a la propia Corte”, subrayó.
Afirmó que si el encuentro hubiese sido público, no habría controversia, pero al haberse realizado en secreto, surgen interrogantes: “No conocemos la agenda, no sabemos de qué se habló, y pocos días después se aprueba una ley que favorece intereses corporativos de la Corte”.
La Cámara Baja aprobó este martes el proyecto de ley que modifica el artículo 8° de la Ley 609/1995 que organiza la Corte Suprema de Justicia y elimina el límite de dos años que tenían los ministros en las superintendencias judiciales departamentales.