13 jul 2026

Sancionan ley que elimina límite a mandato de ministros de la Corte Suprema en superintendencias

El proyecto de ley que modifica el artículo 8 de la Ley 609/1995 que organiza la Corte Suprema de Justicia fue sancionado y remitido al Ejecutivo. El documento establece que la elección de autoridades de la Corte seguirá decidiéndose mediante el mecanismo del voto público. No obstante, el cambio sustancial es que devuelve los feudos judiciales permanentes a los ministros en las circunscripciones judiciales

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Diputados del oficialismo durante la plenaria.

Foto: Rodrigo Villamayor.

La Cámara Baja aprobó este martes el proyecto de ley que modifica el artículo 8° de la Ley 609/1995 que organiza la Corte Suprema de Justicia, que quedó sancionado la propuesta que tuvo iniciativa en la Cámara Alta. Con esto, la Cámara de Diputados elimina el límite de dos años que tenían los ministros en los feudos judiciales departamentales.

Por su parte, Rocío Vallejo apeló a la transparencia y dijo que en las presidencias de las superintendencias no deben establecerse el criterio de la perpetuidad y debe alternarse. “De modo a premiar con el manejo de una circunscripción a quien puso orden durante su paso por otra”, indicó en la plenaria.

El diputado Mauricio Espínola criticó la medida de impedir que los ministros alternen en las circunscripciones, pero especialmente, hizo énfasis en la supuesta intromisión partidaria de parte de Horacio Cartes en la máxima instancia judicial.

Instó al titular partidario a mantenerse al margen de los asuntos de Gobierno y el manejo de instituciones, en vista de la supuesta reunión que tuvo con ministros de la Corte en compañía del presidente de la República, Santiago Peña.
“Le pedimos transparencia desde la institución de nuestro partido y, sobre todo, desde las instituciones republicanas”, señaló.

El diputado Raúl Benítez se despachó en contra del proyecto y la perpetuidad de los ministros en superintendencias claves que se concentran por lo general en manos de ministros con inclinación al poder. “Denme un solo argumento válido y que contribuya a la democracia para aprobar este proyecto”, mencionó.

Advirtió que no existe fundamentación alguna a favor del proyecto y en cambio constituye un retroceso. “No pueden dar ningún argumento por el cuál puedan sostener que esto no es un retroceso. Me pregunto por qué debemos ser nosotros (Legislativo) los que planteemos esto, por qué nosotros somos los que tenemos que blanquear y darle la posibilidad a una Corte que ellos mismos pueden declarar esto como algo inconstitucional. Además de un retroceso, esto es un favor que le hacen algunos senadores a algunos ministros de la Corte”, mencionó.

Para el diputado liberal, Adrián Billy Vaesken “nadie va venir a invertir en el Paraguay con este tipo de leyes”. Consideró que quienes quieren perpetuarse en circunscripciones judiciales buscan “ser señores feudales e impiden rotar en la función de las circunscripciones”.

En tanto que para la diputada Johanna Ortega, la disposición de sometimiento a la Corte es calcado de regímenes dictatoriales que son criticados por el oficialismo. “Son las mismas disposiciones que tomaron Hugo Chávez y Daniel Ortega para someter a los demás poderes del Estado a su entera disposición”, señaló.

El diputado oficialista Santiago Benítez habló del proyecto original, que pretendía también recuperar el voto secreto en la Corte Suprema de Justicia al momento de la elección de su cúpula. “No va a ser ningún retroceso, sino al contrario, va constituir mayor garantía a que no tengan presiones políticas ni externas”, señaló.

Superintendencias sin alternancia

La intención de cambiar con el voto secreto la elección de los ministros de la Corte de su mesa directiva, cuando que la ley actual establece que el voto sea público, no corrió en el Senado, por lo que la sanción de la ley solo afectó a lo que corresponde a la alternancia o no de las superintendencias que son claves en algunas regiones dado que es allí donde se maneja y administra la Justicia según la zona.

Nota relacionada: Senado aprueba eliminar límite de ministros en superintendencias de la CSJ

Así, Diputados votaron con una mayoría de 33 votos por la versión del Senado que establece que “se elegirá a los ministros superintendentes de cada una de las circunscripciones judiciales del país, cuyo periodo y permanencia en el cargo serán establecidos por acordadas o los reglamentos internos de la Corte Suprema de Justicia, conforme prescribe el artículo 259 numeral 1 y 2 de la Constitución”.

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