26 abr. 2024

“En el Poder Judicial hay constante injerencia política en todo sentido”

Manuel Riera, titular del Colegio de Abogados, criticó el secretismo con el que los ministros de la Corte se declararon inamovibles. Estas acciones aumentan la desconfianza hacia la Justicia, dijo.

Manuel Riera

Manuel Riera

Para Manuel Riera, titular del Colegio de Abogados del Paraguay, existieron varios errores de forma en los fallos de la Corte Suprema, con los cuales cinco de los seis nuevos ministros de la máxima instancia judicial se declararon inamovibles y atornillados en sus cargos hasta los 75 años.

Por un lado, Riera sostuvo que se violó la Ley 6299, que establece la publicidad de las sesiones de la Corte, en este caso, transmitir la discusión de las deliberaciones.

“Esa es una ley que impone la transmisión en vivo de las sesiones de la Sala Constitucional o del pleno cuando resuelven las acciones de inconstitucionalidad. Como esta fue la vía, esa transmisión no se hizo. Ahí hubo un incumplimiento de la ley, y no es que se grabó y no se transmitió, sino que no se grabó directamente, no la vimos y no la vamos a ver nunca”, refirió.

Indicó que otro punto cuestionable es que los ministros actuaron como jueces y parte en sus fallos y no se inhibieron. Dijo que llamó la atención la exagerada celeridad con la que actuaron.

“La Sala se compone de tres ministros. En las acciones que se plantearon la Sala emitió dos fallos y en esos dos fallos la integración era la siguiente: en ambos integró el señor Antonio Fretes, y en ambos estuvo el Dr. Benítez Riera, en una estuvo el Dr. César Diesel y en otra Alberto Martínez Simón. El problema se da entre juzgadores que son César Diesel y Alberto Martínez, de ahí hablamos de un enroque, porque en la acción, César juzga, Alberto acciona, y viceversa, con esta curiosidad ambas sentencias son dictadas el mismo día, quiere decir que la Sala originaria se desintegra y se reintegra, y se juzga en el mismo día, una celeridad inusitada. Nadie consigue que le ocurra algo así”, refirió.

Expresó que este tipo de cosas hace que comiencen las especulaciones. “Eso te mete en la especulación, porque en definitiva encontrás que un hombre como Víctor Ríos, que ya estaba viniendo en competencia para integrar esa misma Sala, también venía diciendo que su opinión es la de (estar en el cargo) los cinco años, y este tipo de cosas afectan la confianza, la credibilidad. Hay que decir que no le hizo bien, se confía un poco menos por el contexto y la velocidad”, manifestó.

Al ser consultado sobre la injerencia política en la Corte Suprema, Riera fue tajante: “Por supuesto que sí existe. En todo sentido. Que los ministros hagan o no hagan lo que se les pide es otra historia, pero de que existe, existe”, señaló.

“Todas estas leyes que pretenden transparentar, sesionar, transmitir, que se grabe, lo que permite es que haya participación cívica sobre los actos públicos de Gobierno, que es un principio republicano. Cuando apagás la cámara como ocurrió, estás impidiendo eso, y cuando ni siquiera se filmó, se vuelve imposible el control, y todo lo que viene detrás deja de ser un debate cívico para volverse una especulación”, agregó.

Se refirió a la designación de Víctor Ríos, y dijo que si bien en un principio el Colegio de Abogados alertaba sobre un quiebre, ahora señala que “lo que importa es evaluarlo por quien será” en la función.

Luego de que los cinco ministros de la Corte se declararon inamovibles, se confía menos en la Justicia. Manuel Riera, Colegio de Abogados.

“Ávalos Mariño no cambia nada”
Manuel Riera se refirió al proyecto de ley que fue presentado por el diputado Jorge Ávalos Mariño que busca derogar la normativa que establece el mandato de cinco años de los ministros de la Corte Suprema de Justicia y que estos no sean inamovibles. “Si bien no leí el proyecto, me parece que no agrega ni saca nada Ávalos Mariño. Ese artículo 19 que él menciona es de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y no menciona los cinco años, sino que hace referencia a un artículo constitucional que es el 252. Esa ley sí habla de los cinco años. Al declarar inaplicable esto lo que están diciendo es que no procede la tácita reconducción, no agrega nada en rigor, en la acción, pueden derogar todo lo que quieran, pero lo mismo la discusión siempre va a ser allá arriba, es constitucional el problema, no es legal”, refirió.

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