28 mar. 2024

Ejecutivo decreta exigencia de carné de vacunación en eventos sociales

El Poder Ejecutivo emitió este martes el Decreto 6433, por el cual se dispone habilitar el 100% del aforo de personas en eventos sociales, pero con un 80% de vacunados y un 20% de no vacunados con PCR negativo. El protocolo de Salud estará listo el jueves y los locales tendrán que exigir el carné de vacunación.

Ensayos. Pruebas se darán con vacunados con AstraZeneca como vacuna testigo e inmunizados con la vacuna taiwanesa.

Ensayos. Pruebas se darán con vacunados con AstraZeneca como vacuna testigo e inmunizados con la vacuna taiwanesa.

Foto: Archivo

El Poder Ejecutivo emitió este martes el Decreto 6433, que rige desde este jueves y hasta el 21 de diciembre, y que incluye algunos cambios, como elevar el aforo de personas en eventos al 100%, con un 80% de vacunados y un 20% de no vacunados con PCR negativo.

La viceministra de Rectoría y Vigilancia de la Salud, Lida Sosa, había expresado anteriormente que los encargados de eventos deberán contar con un sistema de control para registrar los datos de los invitados. El objetivo es realizar eventos de manera segura y al mismo tiempo aumentar la cobertura de vacunación.

Asimismo, el ministro de Salud, Julio Borba, manifestó este martes desde Caacupé que el decreto fue aprobado con los cambios que habían anunciado tras el pedido de los sectores privados.

Lea más: Locales de eventos deberán contar con sistema para cargar datos de invitados

También dijo que los controles en los eventos serán aleatorios para corroborar que los locales cumplan con el protocolo sanitario.

El decreto señala que los eventos sociales y demás acontecimientos se remitirán al protocolo sanitario aprobado por el Ministerio de Salud y vigente a la fecha. Desde Salud estaban esperando el decreto para poder actualizar el protocolo vigente.

El decreto también menciona que los actos de culto se realizarán con una presencia de hasta el 50% de aforo en lugares cerrados, que cuenten con ventilación adecuada y con participantes sentados y sin interacción entre sí.

No obstante, no aclara la cantidad permitida de personas en espacios abiertos para los actos de culto, que en decretos anteriores era de 150.

Los encuentros en residencias particulares estarán permitidos con un máximo de 25 personas presentes, incluyendo los convivientes, mientras que ya no se tienen horarios establecidos de circulación.

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