15 jul 2026

Diputados aprueba 70% del salario mínimo para el trabajo doméstico

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, con modificaciones, el proyecto de ley que modifica el artículo 10 de la Ley 5407/15, del Trabajo Doméstico, con el cual se resuelve que los trabajadores domésticos perciban el 70% del salario mínimo. El texto fue devuelto al Senado.

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Diputados aprueban con modificaciones el proyecto de ley que modifica el artículo 10, relacionado con el trabajo doméstico.

Gentileza.

Los diputados trataron la modificación que establece el salario mínimo para el trabajo doméstico. El texto modifica la Ley 5407/15 y establece el salario mínimo para el Trabajo Doméstico. Sin embargo, la Cámara Baja estableció que el piso sea del 70% del sueldo mínimo vigente.

La normativa actual establece un pago mínimo del 60% del salario mínimo para este sector.

La diputada Celeste Amarilla (PLRA) indicó que el sector doméstico es uno de los más desfavorecidos, por lo que sería justo que estas personas accedan al beneficio del salario mínimo. “No piden nada que no corresponde. Es un derecho que ellas ganen mejor”, sostuvo.

Lea más: Trabajadoras domésticas: Senadores aprueban salario mínimo

La legisladora Del Pilar Medina (ANR), destacó el rol de los trabajadores domésticos y aseveró que “es justo acompañar el proyecto de ley. No sé si el salario mínimo sirve para vivir dignamente y ni imagino si se gana menos”, aseguró.

El diputado Sebastián Villarejo (PPQ), representante de la Comisión de Legislación, apeló a que se haga un estudio de impacto económico y financiero antes de aprobar una modificación como esta. Sugirió que el incremento sea al 70% del salario mínimo vigente.

“No hay que legislar sin entender que esto afectará a 230.000 personas. Cualquier estudio como este necesita un análisis técnico y no emocional. Es necesario un aumento, pero para que no se exponga a un efecto negativo social consideramos que se establezca un piso del 70% del salario mínimo”, justificó.

Por su parte, la diputada Kattya González (PEN) apeló a que se respeten las conquistas sociales. “Sin menospreciar los argumentos me gustaría hablar de la Constitución Nacional. El Artículo 46 habla de la igualdad entre las personas que el Estado debe garantizar. En el Artículo 92 se habla de derechos laborales y ahí se habla de la remuneración que debe ser el mínimo”, argumentó.

Édgar Ortiz, diputado por el PLRA, apeló a que esta ley no sea como la de la lactancia materna que hizo que varias empresas no contraten a mujeres. “Ojalá que esto no sea perjudicial. Que no nos salga el tiro por la culata”, sostuvo.

Finalmente, los legisladores aprobaron la versión planteada por la Comisión de Legislación que fija un aumento del 10% en el actual salario establecido para este sector. Al ser modificado, el texto pasa nuevamente al Senado. Este cuerpo legislativo puede ratificar su versión o sancionar las modificaciones de los Diputados.

El ex ministro de Trabajo, Guillermo Sosa, se había opuesto a que esta normativa sea aprobada y alegó que esto perjudicará al sector.

Por su parte, la actual titular de la cartera laboral, Carla Bacigalupo, habló de la necesidad de que la adecuación del salario por este sector sea progresiva. Recordó que actualmente el 96% de los ocupados domésticos no cuentan con un seguro social y que luego del pasado incremento del salario doméstico, se registró una salida del Instituto de Previsión Social (IPS) de varias trabajadoras.

Nota relacionada: Senadores plantan a trabajadoras domésticas que luchan por el salario mínimo

Según datos del gremio de domésticas, unas 230.000 mujeres desempeñan actualmente esta labor, aunque solo 300 están organizadas.

¿Quiénes son trabajadores domésticos?

Según la Ley 5407/15, “Del Trabajo Doméstico”, están considerados como trabajadores domésticos:

  • Choferes del servicio familiar.
  • Amas de llave.
  • Mucamas.
  • Lavanderas y planchadoras en casas particulares.
  • Niñeras.
  • Cocineras de la casa de familia y sus ayudantes.
  • Jardineros en relación de dependencia y ayudantes.
  • Cuidadoras de enfermos, ancianos o minusválidos.
  • Mandaderos.
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