Las abogadas Sara Parquet y Paola Gauto, en representación de Darío Messer, plantearon un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte, con lo que pretenden anular la resolución del 7 de junio pasado del Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala.
La sentencia había declarado inadmisible el recurso de apelación, cancelado la personería de las abogadas Parquet y Gauto y, finalmente, ratificado, de esa manera, el fallo dictado en el juicio oral el 3 de enero pasado por las juezas Claudia Criscioni, Jesús Riera y Yolanda Morel.
Paralelamente, atacaron, con una acción de inconstitucionalidad, la sentencia dictada en el juicio oral, como la decisión del Tribunal de Apelación Penal que confirmó el fallo que comisó los bienes de Messer.
Con la acción promovida ante la Sala Constitucional de la Corte, según la ley, quedan suspendidos los efectos de las sentencias en forma automática, por lo que no se podrá ejecutar la resolución dictada en el juicio oral hasta tanto los ministros no resuelvan el pedido de la defensa.
CASACIÓN. En cuanto a la casación, se tienen dos argumentos. Por un lado, las abogadas atacan la cancelación de su personería, lo que va en detrimento del derecho a la defensa en juicio. Sostienen que bajo ningún concepto se puede dar que el acusado no tenga defensores.
Por otro lado, el propio Messer, también recurre las resoluciones que dispusieron el comiso. Esto, porque recién pudo tener defensores en el juicio oral, donde fueron admitidas sus pruebas para ser producidas, pero no se realizaron. Además, dice que la Fiscalía no probó el nexo causal entre el delito y el origen del dinero.
Es más, apuntan que prácticamente fue una confiscación directa de bienes, ya que se comisaron inmuebles adquiridos en 1980, en el 2007 y 2009, cuando que la Fiscalía se refirió exclusivamente a hechos ocurridos entre el 2013 y 2015. Piden anular el fallo de los camaristas.
ACCIÓN. Con relación a la inconstitucionalidad, atacan las dos resoluciones, tanto del juicio oral como del Tribunal de Apelación, ya que violan el derecho a la defensa, el debido proceso, por lo que dicen que ambas sentencias deben ser anuladas.
Incluso, citan el artículo 166 del Código Procesal Penal, que indica que las violaciones relativas a la intervención, asistencia y representación son partes de las nulidades absolutas en un juicio.
En el caso, la Fiscalía había requerido el comiso autónomo de los bienes de Darío Messer, condenado en Brasil.