La Comisión de Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria emitió un dictamen que recomienda aceptar la versión de la Cámara de Senadores del proyecto de ley “Que modifica los artículos 13, 25 y 28 de la Ley 1015/1997 - Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes; modificados por las Leyes 3783/2009 y 6797/2021”.
El dictamen recomienda incluir a las tabacaleras y los clubes de fútbol, como sujetos obligados de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), y no así por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) como lo había modificado la Cámara Baja.
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En el tercer trámite constitucional, la cámara de origen se ratificó en su sanción inicial y rechazó las modificaciones de la Cámara revisora, que es la recomendada por la Comisión de Cuentas.
Las modificaciones incluidas en la versión de la Cámara de Diputados determina, en el artículo 13°, como sujetos obligados, en el inciso O), a las empresas dedicadas a la producción o importación del tabaco, cigarrillos, vapeadores y similares. Y establece como órgano supervisor natural al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y no a la Seprelad.
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Las modificaciones fueron introducidas por el bloque cartista en la Cámara Baja, en una sesión extraordinaria, donde el propio pleno se constituyó en comisión para lograr los cambios planteados por la bancada de Honor Colorado, cuyo líder es el ex presidente y empresario tabacalero y de fútbol, Horacio Cartes.
Fue el diputado colorado Justo Zacarías quien solicitó que el pleno de Diputados se constituya en comisión, y el legislador colorado cartista Basilio Núñez el que sugirió las modificaciones. Finalmente, los diputados serán los que tendrán la última palabra antes de sancionar la normativa y que pase a manos del Poder Ejecutivo.