Un dictamen emitido por la Contraloría General de la República (CGR), resultado de una denuncia ciudadana, arrojó varios hallazgos irregulares en la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera (DNPC) e insta al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) a presentar una denuncia ante el Ministerio Público.
El caso salpica al director Operativo, Amado Orihuela; al secretario general, Darío Gustavo Lugo Caballero; a la jefa del Departamento de Administración y Contabilidad, Patricia Monserrat Zelada Benítez, y al jefe de Transporte, Ramón Antonio Cabrera Noguera.
Con relación al cargo de director que ostenta Orihuela, la denuncia señala una supuesta usurpación del cargo, y encuentra asidero en el resultado del dictamen que afirma que no hay documentación que avale la carrera que previamente Orihuela debió seguir para llegar a ser nombrado en el cargo actual.
“No se ha hallado documentación que acredite que el citado funcionario haya ocupado efectivamente los cargos de coordinador regional, jefe de Zona y jefe de Destacamento, los cuales constituyen requisitos expresos y secuenciales para acceder al cargo de director”, se relata en el reporte del organismo de Control.
Además, durante la auditoría realizada por la CGR se detalla que "(...) si bien el funcionario afirma que ha desempeñado cargos de similar jerarquía o relevancia institucional, tales antecedentes no satisfacen los requisitos taxativamente exigidos por la Resolución MOPC Nº 955/2023".
En su parte conclusiva, la CGR advierte que el perfil de Orihuela no encaja con lo que el cargo requiere. “Por la tanto, teniendo en cuenta los elementos arriba citados, la CGR advierte que la designación del funcionario denunciado no se ajusta plenamente a los requisitos formales y materiales establecidos para el cargo de Director Operativo y de Control”, señala.
Secretario general
Sobre el cargo de secretario general que recae en el inspector general Darío Lugo Caballero, el dictamen de la Contraloría también tiene observaciones y concluye que el mencionado no puede tener dicho cargo dentro de la Caminera.
“En consecuencia, la permanencia del funcionario en el cargo sin el grado jerárquico requerido contraviene lo dispuesto por la Resolución MOPC Nº 955/2023, contraviniendo la estructura jerárquica prevista en el régimen institucional y afectando la correcta línea de mando, subordinación y responsabilidad funcional que deben regir en la DNPC”, indica el reporte.
Además, dice que “la nueva disposición exige el grado de Inspector Principal, lo que implica una jerarquía superior al grado actualmente ostentado por el funcionario denunciado”.
El tercer aspecto de la denuncia se refiere a la designación de Patricia Monserrat Zelada Benítez, como jefa interina del Departamento de Administración y Contabilidad de la DNPC, “pese a no contar con título universitario de grado”.
Zelada Benítez ejerce desde 2018 el cargo referido, es decir, lo hizo durante dos gobiernos y su caso ya fue –según lo referido en el informe– investigado por la Secretaría Nacional Anticorrucpción (Senac), que no arrojó resultados.
En su parte resolutiva, la CGR dispone que el cargo de Jefatura administrativa debe ser ocupado por alguien con título profesional, y en la auditoría se halló que Zelada Benítez no está ni siquiera en los últimos años de la referida carrera. “En términos proporcionales se encuentra en un poco más de la mitad de la carrera” y no en los últimos años como la citada funcionaria adujo.
La CGR sostiene que el “incumplimiento del requisito reviste relevancia jurídica”.
Utilización irregular de chapa para auto particular
Esta denuncia se refiere a que el inspector superior Ramón Antonio Cabrera Noguera, funcionario permanente del MOPC, quien se habría desempeñado como jefe del área de Transportes dentro de la DNPC, habría utilizado una chapa oficial en un vehículo particular para usar combustible de la institución.
En la investigación, el encausado negó las acusaciones en su contra y dijo que se trataría de un montaje.
No obstante, la CGR halló elementos suficientes para concluir que el actuar del funcionario constituye “una infracción de carácter administrativo grave al implicar el uso indebido de bienes públicos y la violación de los deberes funcionales establecidos en la legislación vigente. Sin embargo, los elementos también revelan una posible relevancia penal, dado que se advierte la concurrencia de elementos de un tipo legal previsto en el Código Penal”.
En dicho caso, se recomendó remitir los antecedentes al Ministerio Público.