09 ago. 2025

Banco Central autorizó la devolución del dinero del SOAT a partir del 1 de abril

La Superintendencia de Seguros, dependiente del Banco Central, autorizó este jueves, mediante una resolución, la devolución del dinero a los usuarios que pagaron el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT). La devolución del dinero será a partir del 1 de abril del 2014.

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El SOAT fue derogado por el Congreso. / Foto: Raúl Cañete.

Así también, se establecieron los mecanismos para la reposición del dinero a los más de 6 mil asegurados.

La devolución del dinero será a partir del 1 de abril del 2014 y se realizará a través de distintos mecanismos dependiendo del lugar donde se abonó por la póliza.

1. SOAT adquirido por Personas Físicas en la Red de Cobranza Aquí Pago

Deben acudir a las oficinas de Interfisa Financiera Saeca más cercana a su domicilio para recibir en efectivo el monto abonado originalmente. El cobro se podrá realizar a partir del 1 de abril y por el plazo máximo de 90 días, debiendo obligatoriamente el titular de la póliza presentar su documento de identidad para recibir la devolución de la prima.

La nota de crédito que instrumenta la anulación estará a disposición de los interesados en Lugano (Primera Proyectada) esquina 15 de Agosto, teléfono 021 444-343, 021 446-474; APCS - Asunción, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas.

2. SOAT adquirido por Personas Jurídicas en Red de Cobranza Aquí Pago

A partir del 1 de abril de 2014 podrán comunicarse al Servicio de Atención al Cliente de Pronet S.A., teléfono 021 440 264 R.A., donde se coordinará la entrega de un cheque nominativo no a la orden por el importe que corresponda a su favor y de la respectiva nota de crédito que instrumenta la anulación.

3. SOAT adquirido a través de las oficinas de Compañías Aseguradoras

A partir del 1 de abril de 2014 podrán comunicarse y coordinar con su Asegurador la entrega de un cheque nominativo no a la orden por el importe que corresponda a su favor y de la respectiva nota de crédito que instrumenta la anulación.

Con esto se concluye las autorizaciones administrativas que eran necesarias para proceder a la anulación y devolución de las primas en razón de la derogación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito conforme la Ley 5150/14, de fecha 24/02/14.

La normativa fue derogada por el Ejecutivo a solo nueve meses de su aprobación. La ley pretendía cubrir los daños físicos que pudieran sufrir las personas, motociclistas o automovilistas, en caso de accidentes de tránsito, no así los daños materiales.

Esta ley del SOAT fue rechazada por varios sectores, incluso varios municipios presentaron acción de inconstitucionalidad. Uno de los cuestionamientos era que si bien se debía pagar la póliza antes de julio, la cobertura por cualquier accidente se iba tener recién desde el año que viene.

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