Tras culminar la audiencia preliminar, el magistrado rechazó los incidentes de nulidad de acusación y sobreseimiento definitivo planteados por la defensa de Wilfrido Cáceres, así como el pedido de devolución de bienes, y la nulidad del allanamiento a la vivienda, entre otros.
El encausado era tenido como la mano derecha del ex intendente de Asunción Óscar Nenecho Rodríguez, acusado actualmente por el caso de los detergentes de oro, donde también está procesado Wilfrido Cáceres.
Con ello, el magistrado de Delitos Económicos admitió la acusación planteada por los fiscales Luis Piñánez y Silvio Corbeta por los citados delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
El juez declaró como bienes sujetos a comiso todo lo incautado del procesado, y que se encuentran actualmente administrados por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico).
Entre ellos, están varios bienes muebles e inmuebles, vehículos y la lujosa propiedad ubicada en San Lorenzo que fue construida durante la pandemia de Covid-19.
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Igualmente, Estigarribia admitió la exclusión de documentos de una empresa que nada tenía que ver con la causa, así como la inclusión de un arquitecto como testigo para el juicio oral. Rechazó la devolución de los bienes al procesado.
En la preliminar, la defensa de Cáceres planteó la nulidad de la acusación y del allanamiento que se realizó en su vivienda, a más de la devolución de todos los objetos incautados de la vivienda, así como la exclusión de todos los documentos que fueron recolectados durante la prórroga extraordinaria.
Sostuvo que la resolución que concedió más plazo para la investigación no estaba firme, por la apelación ante la Sala Penal de la Corte.
Finalmente, la defensa solicitó la exclusión de documentos relativos a una empresa que nada tienen que ver con el caso, y que habrían sido presentados con la acusación fiscal.
En el caso, solo se hizo la preliminar a Cáceres porque no se presentaron los abogados de los coacusados, su esposa Ruth Da Silva, Elvira Gómez Vda. de Ramírez y Camila Ramírez Gómez, por lo que se les deberá señalar otra fecha de audiencia preliminar.