La viuda del diputado Eulalio Lalo Gomes, apeló la resolución del juez de Garantías de Pedro Juan Caballero, Martín Areco, que rechazó la reapertura de la causa que investigaba a los policías tras la muerte del legislador el 19 de agosto del 2024, en un allanamiento.
Joana Izabel Rodrigues viuda de Gomes, a través de la abogada Noelia Núñez, planteó recurso de apelación en contra de la resolución del 10 de agosto pasado, por la cual se rechazó su pedido de reapertura de la causa.
En el caso, la Fiscalía había requerido la desestimación de la investigación contra el policía Pablo David Torales, lo que fue admitido por el juez, luego de darle el trámite de oposición.
Sin embargo, la representante de la viuda, había pedido la reapertura por los hechos que considera nuevos, como el resultado de la autopsia practicada por el médico forense Pablo Lemir.
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La querella había requerido la reapertura para la realización de una junta médica sobre las conclusiones.
El juez le corrió traslado a la Fiscalía, pero la misma no contestó dentro del plazo. Con ello, rechazó el pedido, ya que entendía que es el órgano investigador, en este caso el Ministerio Público, el único que podía solicitar la reapertura de la investigación.
El recurso
Ahora, la abogada Noelia Núñez señala que esto le causa un gravamen irreparable ya que cercena el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, el debido proceso, el derecho a la verdad material, y el ejercicio pleno de los derechos de la víctima.
Pide a los camaristas que se revoque el fallo, teniendo en cuenta, según dice, que la pretensión de un monopolio fiscal absoluto y privativo anula el derecho de la víctima a reclamar la reapertura.
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Dice que el juez incurre en un vicio hermenéutico insostenible con la citada interpretación. Cita el Código Procesal Penal y la Constitución. Dice que el juez olvida que la víctima no es una convidada de piedra.
Habla de que se invirtió en forma arbitraria los efectos de la caducidad procesal, al no tener en cuenta lo dicho por la Fiscalía, porque se dio fuera de plazo dado por el juez.
También cuestiona que el juez haya señalado que la víctima debía acudir al fiscal para pedir que, este, a su vez, pida la reapertura del proceso. Dice que el juez tiene autoridad natural ya que fue el que desestimó el pedido.
Finalmente, requiere que el Tribunal de Apelación Penal del Amambay, revoque la resolución judicial, y disponga la reapertura de la investigación del caso.
Además, que ordene la constitución de una Junta Médica Pericial Colegiada conforme con los puntos periciales que presentó para analizar las conclusiones del forense Pablo Lemir.
Ahora, el Ministerio Público deberá contestar el traslado y luego será el Tribunal de Alzada el que decida.