07 mar. 2026

Vicente Bataglia acciona ante la Corte para frenar investigación en su contra

El ex titular del Instituto de Previsión Social (IPS) Vicente Bataglia Araújo accionó ante la Sala Constitucional de la Corte contra el fallo del Tribunal de Apelación Penal, que dispuso que debe continuar la investigación en su contra por un supuesto perjuicio de G. 1,7 billones a la previsional.

Vicente Bataglia.png

Ante la Corte. El ex presidente del IPS Vicente Bataglia recurrió a la Corte Suprema de Justicia para frenar investigación.

Foto. Archivo ÚH.

La acción fue presentada por el ex presidente de la institución, bajo patrocinio del abogado Jorge Arturo Daniel, en contra de la resolución dictada el pasado 3 de febrero por el Tribunal de Apelación Penal del fuero Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Primera Sala.

Por la citada resolución, en mayoría, las camaristas Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, con la disidencia de su colega Gustavo Amarilla, habían revocado la resolución del 18 de agosto de 2025, del juez de Delitos Económicos Humberto Otazú.

El magistrado, a pedido de la fiscala adjunta, había desestimado la denuncia presentada contra Vicente Bataglia por supuesta lesión de confianza en contra de la previsional, por un supuesto perjuicio de G. 1.630.414.082.023 (un billón seiscientos treinta mil cuatrocientos catorce millones ochenta y dos mil veintitrés guaraníes).

Con ello, los camaristas ordenaron a la Fiscalía continuar con la investigación fiscal, pese a la posición asumida por la Fiscalía General que pidió la desestimación de la denuncia.

Los argumentos

En la acción sostiene que la decisión desconoce, despoja y usurpa atribuciones constitucionales que competen en exclusiva al Ministerio Público, con lo que afecta directamente su rol fundamental que tiene dicho órgano extrapoder, en lo que concierne al ejercicio de la acción penal pública.

Además, dicen que desconoce y pretende imponer una suerte de supremacía del razonamiento y criterio jurisdiccional respecto al modo en que debe impulsarse una investigación y la forma de valoración del resultado concreto de las diligencias impulsadas por quien es titular de la acción penal pública.

Lea más: Revocan desestimación del caso de ex titular del IPS Vicente Bataglia y debe seguir investigación

Asimismo, argumenta que suprime, desconoce y niega principios fundamentales que hacen al sistema acusatorio, desdeñando normas procesales que hacen precisamente al control interno de los requerimientos del Ministerio Público.

Agrega que los requerimientos de los fiscales armonizan con el principio de que nadie sea juez sin acción (iudex sine actore), y por vía coercitiva (la naturaleza ejecutiva de las decisiones judiciales), impone a la Fiscalía la prosecución de una investigación, “en violación total a la prohibición constitucional que impide retrotraer etapas de procedimiento fenecidas”.

Orden jurídico paralelo

Finalmente, remarca que “un presunto poder de autoridad de facto del Poder Judicial, que ciertamente tiene a su cargo la custodia de la Constitución Nacional, su interpretación y aplicación, pero la decisión en mayoría en el fallo, admite sin pudor que se debe generar un orden jurídico paralelo a lo que verdaderamente consagra la Ley Fundamental de la República”.

Sepa más: A pedido de la fiscala adjunta, juez desestima denuncia contra ex titular del IPS

Luego cita las disposiciones constitucionales supuestamente infringidas, artículos 1, 3, 16, 17 numerales 4 y 9, 46, 47, 137, 256, 266 y 268 de la Constitución.

Dice que es arbitraria, “extra legem”, inexistente en la Ley Procesal Penal, entre otras cosas. Luego cita el caso, y las resoluciones. Tras argumentar, solicita que se declare inconstitucional y nulo el fallo.

Además, la defensa también amplió la acción, con la presentación del acuerdo y sentencia 419 del 31 de agosto de 2023, dictado por la Sala Constitucional, por el voto unánime de los ministros actuales.

También trae a colación un fallo de la Corte sobre el tema, el auto interlocutorio 97 del año 2016, con lo que señala que es doctrina del Máximo Tribunal.

Más contenido de esta sección
El médico forense del Ministerio Público Juan Saldívar fue detenido en un operativo encubierto, cuando recibía parte de los G. 15 millones que le habría pedido a uno de sus funcionarios para no denunciarlo penalmente por faltas administrativas. Hay sospechas de que cometió extorsión y cohecho pasivo agravado (coima).
Un Tribunal de Sentencia de Luque condenó a cuatro años de cárcel a una mujer de 55 años que cometió actos sexuales en contra de su propio nieto, cuando este tenía tan solo cinco años. El hecho ocurrió en el 2022, en una ciudad del Departamento Central.
La Comisión Especial en la Cámara de Senadores mantuvo una reunión con representantes de instituciones públicas para hablar de los descuentos judiciales y no judiciales (convencionales), para buscar la manera en que los recortes no sobrepasen el 50% del salario neto de los funcionarios públicos. Recientemente, un Juzgado ya redujo el monto de embargos a una víctima, a quien se le descontaba de manera mensual el 76% de su sueldo.
El juicio oral a Héctor Iván Grau, acusado por la agresión que sufrió el joven Benjamín Zapag, se inició esta mañana en tribunales. La defensa había solicitado la suspensión hasta tanto la Corte Suprema se expidiera sobre la acción de inconstitucionalidad pendiente, pero el pedido fue rechazado por los magistrados.
Esta mañana continuó el juicio oral contra un joven acusado de matar a su ex pareja frente a su propia hija, que entonces tenía cinco años. Luego, según la Fiscalía, habría enviado la fotografía de la mujer, ya sin vida, a su actual pareja, a quien habría amenazado.
El Tribunal de Sentencia que juzga al ex ministro Arnaldo Giuzzio rechazó esta mañana todos los recursos promovidos por la defensa. Después, ya inició la lectura del auto de apertura por supuesto cohecho pasivo agravado. La Fiscalía presentó sus alegatos así como la defensa.