La resolución fue dictada por los magistrados Camilo Torres, Arnulfo Arias y Paublino Escobar, quienes no le dieron trámite al recurso planteado por los abogados Hugo Ramón Núñez y Christian Fernando González, en representación de la procesada.
El pasado 30 de octubre, los camaristas habían hecho lugar al pedido del fiscal Deny Yoon Pak, quien solicitó más plazo para investigar a la ex pareja de Sebastián Marset.
Con ello, el agente del Ministerio Público tiene hasta el 20 de mayo de 2026 el plazo para presentar su requerimiento conclusivo en la causa.
Los profesionales plantearon recurso de apelación contra la prórroga concedida, debido a que es una resolución originaria del Tribunal de Apelación, en ejercicio del derecho a la doble instancia.
Sin embargo, dicen los camaristas que en reiterados fallos uniformes sustentaron que “los mecanismos ordinarios de impugnación no tienen opción para una tercera instancia, como pretende el recurrente”.
“Ello es así porque, según construcción del sistema acusatorio la concreción de toda labor procesal, realizada en etapas anteriores, ocurre en el juicio oral y público, es decir, el modelo es esencialmente de instancia única, con limitadas posibilidades recursivas ordinarias y con casuísticas expresas para las extraordinarias”.
De esta manera, remarcan que no existe un mecanismo de tramitación de tercera instancia. “En materia de competencia se tiene como única fuente la ley porque es a través de ella que se otorgan las atribuciones a los estamentos u órganos; por tal razón, ni los fallos ni otros cuerpos normativos pueden otorgar potestades sin que exista una normativa en la cual apoyarse”, afirman.
Tras citar las competencias de la Corte y de la Sala Penal, dicen que no pueden dar trámite porque no está previsto en la norma procesal penal, con lo que debe declararse inoficioso. Incluso, citan el Pacto de San José de Costa Rica, por lo que no dan trámite al recurso.
Contradice a la Corte
El fallo contradice varios resoluciones de la Sala Penal de la Corte, que estudiaron recursos contra la prórroga extraordinaria, ya que es una resolución originaria del Tribunal de Apelación y se da el ejercicio del derecho a la doble instancia previsto justamente en el Pacto de San José de Costa Rica, citado por los magistrados.
Es más, en algunos casos, la Sala Penal incluso anuló la concesión de la prórroga extraordinaria por parte de los camaristas, porque no se cumplieron con los requisitos. Sin embargo, con el fallo, no se podrá estudiar si la prórroga fue dada en forma legal o no.
Habrá que ver qué hará la defensa de Gianina García Troche teniendo en cuenta el fallo del Tribunal de Apelación Especializado respecto a la prórroga extraordinaria.
La mujer de nacionalidad uruguaya está imputada en el caso A Ultranza Paraguay, mientras que su ex pareja Sebastián Marset se halla prófugo y con órdenes de captura nacional e internacional.