El titular del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), Javier Giménez, subrayó que “el Gobierno paraguayo ya presentó el reclamo en reunión bilateral con Argentina en la persona del ministro (de Economía argentino, Luis) Caputo”. “Fue presentado un informe por escrito y un pedido de suspensión de la medida. La Cancillería quedó pendiente de una respuesta y la conformación de una mesa técnica con los países. La medida obedece a una decisión de Aduanas Argentinas que ordena a la Prefectura Naval Argentina a cesar de operar en el km 171”, detalló el secretario de Estado.
Según resaltan medios argentinos, la controversia se desató tras conocerse una nota dirigida a la Prefectura Naval Argentina, “anticipando que en un plazo de 30 días corridos, a partir del 26 de junio, quedarán suspendidas las operaciones de alije en esa zona fluvial por falta de habilitación portuaria”.
Para el Centro de Armadores Fluviales y Marítimos del Paraguay (CAFyM), se podría dar un aumento de hasta el 70% en la logística fluvial de abastecimiento de combustibles, así como riesgos de congestión, incidentes operativos y mayores impactos ambientales. Igualmente, afirman que además podría darse un efecto directo en el precio para los consumidores finales.
“El abastecimiento de combustibles del Paraguay no puede quedar rehén de decisiones unilaterales que afectan el interés público regional, sobre todo considerando la mediterraneidad geográfica de nuestra República”, señalaron los armadores.
IMPACTO. Por su parte, el presidente de la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP), Julio César Vera Cáceres, lamentó que el hecho de no continuar con las operaciones de trasbordo de las cargas en la zona del km 171 donde se opera desde hace más de tres décadas, “va a acarrear demoras, además del consiguiente sobrecosto, cuyo impacto final va a ser la población produciendo un impacto negativo en nuestra economía”.
“Las autoridades argentinas deben otorgar un periodo de gracia de por lo menos 10 meses para buscar alternativas de solución en razón a que la autoridad de aplicación, en este caso, la Prefectura Naval Argentina, no se agravia”, consideró Cáceres. Añadió que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero argentina no puede esgrimir que proseguir con el estado de situación no les permite ejercer sus tareas de control y supervisión porque eso lo realizan en todos los casos. “Además, existen Convenciones de Naciones Unidas como las del Derecho del Mar o, la específica que se refiere a los países mediterráneos que podrían ampararnos”, subrayó.