25 sept. 2025

Salud traslada a primera paciente con Covid-19 a hospital privado

Una mujer con Covid-19 es la primera paciente trasladada de un hospital público a un sanatorio privado, según informaron este domingo fuentes del Ministerio de Salud.

Sitio. El Hospital de  Barrio Obrero es uno de los lugares con áreas diferenciadas.

El Hospital de Barrio Obrero reforzará su protocolo de seguridad tras el robo de una recién nacida.

Foto: Archivo UH.

Se trata de una mujer, de 40 años, procedente del Hospital de Barrio Obrero de Asunción, quien es la primera paciente con Covid-19 que fue derivada por el Ministerio de Salud al sector privado.

Desde horas de la noche de este sábado, la paciente se encuentra internada en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) del Sanatorio Británico.

Por Decreto presidencial 4010, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social está facultado a coordinar los planes y acciones con el sector privado de salud, en el marco de la emergencia sanitaria declarada ante el riesgo de expansión del coronavirus en el país.

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Esto significa suscribir convenios con laboratorios para realizar test de Covid-19 y con los sanatorios, clínicas y hospitales privados para la prestación de servicios de salas de internación y Terapia Intensiva a pacientes con la enfermedad, toda vez que el Ministerio de Salud ya no cuente con camas de internación.

El presidente del Sanatorio Británico, Gerardo Brunstein, confirmó a Última Hora que el convenio se activó ante la falta de camas de terapia intensiva en el sector público.

“El Ministerio activó el convenio que tiene con algunos sanatorios privados y a raíz de eso nos solicitaron su ingreso a la unidad de Terapia Intensiva de Covid del Británico”, explicó.

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Acotó que la atención incluye que el sanatorio se haga cargo de los medicamentos, del pago de honorarios de los médicos, y de todos los insumos que necesite el pacientes durante su estancia en el centro asistencial.

Los pagos serán imputados al Fondo de Emergencia Sanitaria, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley 6524/2020 en carácter de excepción a la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.

No obstante, el doctor Gerardo Brunstein recalcó que el requisito fundamental es que no hayan camas en el sector público para que se aplique el convenio y que los pacientes tuvo que haber ingresado antes por el sistema sanitario público.

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“No puede un paciente ir a la urgencia de un sanatorio privado y desde allí activarse el convenio. Tiene que ser únicamente a través de un hospital público, para casos de gente de escasos recursos o que haya consultado en el sistema público”, remarcó.

Además, indicó que el Sanatorio Británico también ofreció camas convencionales para internación y no solo de terapia intensiva.

“Cuando hay un paciente que requiera cuidados intensivos, se comunica a una central de Salud Pública y se ve si hay disponibilidad de camas en el sector público, si no hay se ve con sanatorios que tengan convenio, se ve cuál está en condiciones de recibir y el traslado lo hace el Ministerio a través de su servicio de ambulancias”, afirmó.

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