20 may. 2024

Protección al trabajador debe ser el centro de la recuperación

Paraguay debe transitar hacia un país que cumpla con las normas, incluyendo las laborales. Para esto se requieren políticas públicas basadas en evidencia y una institucionalidad fuerte capaz de implementar las políticas, hacer cumplir las normas y penalizar a quienes no las cumplen. La protección del trabajo fue uno de los objetivos iniciales del Estado desde el origen del capitalismo. El derecho a un salario mínimo y a la sindicalización, la limitación a las horas de trabajo, la seguridad social y una adecuada conciliación entre la vida laboral y familiar constituyen derechos establecidos desde al menos dos siglos. Paraguay presenta condiciones laborales similares a las existentes varios siglos atrás.

El 85% de los ingresos de los hogares provienen del trabajo, si le agregamos las remesas que también provienen de algún integrante que trabaja esta proporción se eleva al 90%. El 10% restante se divide en ingresos provenientes de pensiones, jubilaciones o rentas de activos.

El 40% de los hogares tienen jefatura femenina. Los ingresos de las mujeres son siempre menores que los de los hombres, ya sea porque trabajan menos horas debido a la carga de horas de trabajo no remunerado en los hogares, a su menor dotación de activos como tierra o capital o a que enfrentan problemas de discriminación salarial.

Estas cifras muestran la relevancia del trabajo para el mantenimiento de las familias, por lo que un rol central del Estado es proteger la capacidad adquisitiva del salario, garantizar que se cumplan las normas laborales y generar las condiciones adecuadas para el crecimiento de la productividad como una buena oferta de formación laboral y de transporte público.

Dado el crecimiento del nivel de precios en los últimos meses, durante esta semana se reunieron las autoridades para elevar el salario mínimo, lo que fue objeto de discusión por parte de varios sectores.

Por el lado de los trabajadores, se manifestó la preocupación acerca de la confiabilidad de los datos oficiales de inflación, ya que la percepción generalizada es que los precios están subiendo más rápido de lo que manifiesta el Índice de Precios al Consumidor relevado por el Banco Central.

Por el lado de los empleadores, surgió el pedido de mantener el nivel unos meses más, lo cual sugiere implícitamente que, frente a la crisis, sea el trabajador sobre quien recaiga de manera particular el costo de la crisis. El argumento es que un aumento del salario mínimo contribuiría a generar una espiral inflacionaria.

En Paraguay, el salario mínimo es cobrado por una ínfima proporción de trabajadores. Varios estudios e indicadores y hasta el propio Instituto de Previsión Social señalan que una de las razones principales es la evasión, lo cual afecta a la mitad de la población que trabaja en relación de dependencia. La evasión no solo afecta a la remuneración sino también a la seguridad social, ya que excluye de este beneficio básico al trabajador y a su familia.

Las denuncias son múltiples. Hay informes internacionales sobre la existencia de trabajo forzoso en indígenas del Chaco y el masivo incumplimiento de las normas laborales en los sectores de construcción, restaurantes y trabajo doméstico.

El Ministerio de Trabajo tiene poco más de 22 inspectores para todo el país, por lo que la evasión sale gratis. En un país donde el apego a las normas en general es débil y la impunidad es amplia, el incumplimiento de la norma relativa al salario mínimo no es un problema de eficiencia, sino ético y de ilegalidad.

La existencia del salario mínimo es el derecho más básico que tiene el trabajador desde que se eliminó la esclavitud o se combate la explotación laboral. No hay evidencia que demuestre que el aumento del salario mínimo conlleva inflación. El problema no es el factor trabajo sino la alta concentración económica, que permite a determinados grupos remarcar incluso antes del incremento del salario, ya que los consumidores están cautivos y sobre todo desprotegidos, ya que tampoco funciona bien la institucionalidad de defensa al consumidor y de la competencia.

La protección al trabajador es un objetivo central de cualquier Estado, más aún en un país con escaso apego a las normas.

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