La campaña electoral de candidatos a miembros de la Junta Municipal de Asunción uno esperaría que venga con propuestas serias sobre cómo arreglar el desmadre que ya es la capital del país o ideas sobre qué harían desde sus curules para impulsar un proceso de mejoramiento de la Madre de Ciudades.
Entiendo que estoy siendo muy optimista en este punto por no ser precisamente una tradición esta modalidad en este país, ya que de lo que menos hablan los candidatos es de lo que harían por la ciudad si llegan al poder, sino de los carguitos y ayudas que darían a sus votantes, a quienes compran hasta con billetes falsos, aunque bien podría decirse que hasta los billetes “reales” son “pan para hoy y hambre para mañana”.
Pero acá ya voy al punto que quiero abordar en este columna y es el caso particular de una candidata colorada a concejal de Asunción, la profesora Mirtha Reyes, quien postuló por la Lista 2C de Honor Colorado, la segunda lista más votada en la interna colorada con 37.099 votos (27,95%), por detrás de la Lista 2P de Honor Colorado que logró 55.584 votos (41,88%).
La profesora Mirtha Reyes no logró entrar a la lista final de candidatos a miembros de la Junta Municipal de Asunción que representará a la ANR en las próximas elecciones municipales del 4 de octubre, a pesar de que escaló del lugar 13 de la lista al lugar 9 con sus 1.049 votos preferenciales.
Lo que sí quedará de la profesora Mirtha Reyes como recuerdo para la maltrecha ciudad de Asunción son los cientos de afiches que pegó por las columnas de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), en abierta violación a las ordenanzas municipales de la ciudad.
Prácticamente toda la avenida Colón y otras calles fueron empapeladas por dicha candidata, y siguen empapeladas, pese a que ya no está vigente el periodo de propaganda electoral de las internas, por lo que debió ser retirado por su propio equipo o por la Comuna, en su defecto, esto sin hablar de las multas que deberían aplicarse.
En Asunción, las prohibiciones relativas a la propaganda electoral están principalmente reguladas por la Ordenanza Municipal N° 157/18 y el Código Electoral Paraguayo.
Según lo dispuesto, está estrictamente prohibido utilizar columnas de servicios públicos o privados (como las de ANDE o Copaco), así como cualquier infraestructura implantada en el dominio público para pintar, pegar o adosar propaganda.
La normativa permite una excepción únicamente para la colocación de banderolas (también denominadas columneros), siempre que cumplan con una altura de dos metros.
Las infracciones por la instalación de carteles en lugares no permitidos pueden acarrear multas de hasta 300 jornales mínimos.
Según la normativa, la Municipalidad, a través de la Policía Fiscalizadora, debe realizar operativos para retirar la propaganda irregular y se establece que los gastos derivados del retiro de esta propaganda y la restauración del bien a su estado original deben ser costeados por los candidatos o las organizaciones políticas responsables.
Para que quede claro, y esto va para los candidatos, tampoco se permite la colocación de propaganda en puentes, viaductos, señales de tránsito, postes señalizadores, rotondas, encauzadores o separadores de carriles.
Queda prohibido realizar pintatas o colocar afiches sobre el pavimento, los cordones de las veredas, las aceras o los paseos centrales.
No se puede instalar propaganda en plazas, parques, ni en edificios públicos nacionales, departamentales o municipales, lo cual incluye escuelas, colegios, hospitales, centros de salud y comisarías.
Está terminantemente prohibida la propaganda en inmuebles declarados de valor patrimonial o monumentos históricos. Asimismo, no se pueden utilizar árboles para clavar o colocar carteles ni realizar pintatas en rocas o cerros.
La propaganda solo puede realizarse dentro de los plazos establecidos la Justicia Electoral, que generalmente va desde el día siguiente a la oficialización de candidaturas hasta 48 horas antes de los comicios. Cualquier anuncio fuera de este marco se considera ilegal y extemporáneo. Ahora solo falta que las autoridades cumplan su rol y hagan cumplir las leyes y ordenanzas.