21 may. 2026

Prieto fue declarado culpable por injuria, pero eximido de pena

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En la mira. Miguel Prieto zafó de una pena por injuria.

EM

La jueza de Sentencia Zunilda Martínez Noguera declaró culpable al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, en un juicio de acción penal privada iniciado por el periodista Héctor Guerin, director de radio Concierto de Presidente Franco. Sin embargo, la magistrada lo eximió de una pena y la compensación reclamada de G. 200 millones.

Todo se inició por una serie de denuncias de supuestos hechos de corrupción de la gestión de Prieto Vallejos, realizados a través de su medio por parte de Guerin, desde inicios del año 2022. Por su parte, el intendente comenzó a responder a través de las redes sociales con descalificativos contra el periodista y su familia.

“Héctor Ignacio Guerin Gómez, descaro es que tu hijo sea concejal sin ningún mérito. Descaro es que tu hija entre a Itaipú porque amedrentas a los directores. Descaro es como le robaste la radio a los Jebai. Descaro es todo lo que quisiste hacer con la Muni y no te permitimos. Descaro es que un criminal como vos se haga llamar periodista”, publicó el intendente.

Guerin sostuvo que la publicación afectó a sus hijos, por lo que recurrió ante los estrados judiciales por hechos punibles contra el honor y la reputación, difamación, calumnia e injuria.

El intendente publicó a través de sus redes sociales que estaba feliz porque acababa de ganarle el juicio a Guerin. Sin embargo, la resolución judicial cuya Sentencia Definitiva será dada a conocer a las partes recién en la semana.

La magistrada Martínez señaló que el intendente cometió el delito de injuria, y no los de difamación y calumnia, pero que por un reproche reducido lo eximió de pena, de acuerdo con lo establecido con el artículo 155 del Código Procesal Penal. Guerin había solicitado una composición de G. 200 millones por los daños para ser donado a una institución de beneficencia, pero no pidió la pena principal, atendiendo a lo referido por la magistrada. “El sistema exige que el acusador pida una pena y que lo fundamente”, explicó.

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