27 dic. 2025

Por prescripción, no corre caso por doble pago en IPS

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Resolución. El juez Estigarribia desestima causa contra ex autoridades del IPS.

ARCHIVO ÚH

El juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia también resolvió desestimar ayer la denuncia contra varias ex autoridades del Instituto de Previsión Social (IPS), que fueron denunciadas por causar un perjuicio patrimonial de G. 9.013.000.450, por supuestos hechos punibles de lesión de confianza y cobro indebido de honorarios.

Se trata de una causa en la que fueron denunciados los ex presidentes del Consejo de Administración del IPS, Jorge Giucich, Luis López, Fernando Silva Facetti y Raúl Mongelós.

Así también, a quienes integraron la Dirección de Recursos Humanos en la dirección, oficina de Coordinación, Departamento de Administración de Salarios y Departamento de Personal.

Ellos son Elena Susana Aquino Caballero, Katya Spiridonoff Benítez, Romy Teresa Tiepermann y María Daniela Gil Martínez, además de Karina Depps Bernal, Osvaldo Santiago Alvarenga, Belinda Verenice Gómez Wagener, Luis María Croce Giménez, Carlos Marcelo Sanabria y Sandra Viviana Crucita Arias Noguera.

Según refiere la resolución judicial, el pedido de desestimación de la causa fue planteado por la fiscala Luz Guerrero, por prescripción de los hechos.

La denuncia mencionaba sobre presuntos pagos de doble remuneración a funcionarios de la previsional que ingresaron nuevamente a la función pública, a pesar de ser jubilados, en contraposición al artículo 143 de la Ley 1626/00. Además, el pago de doble remuneración a funcionarios del IPS, que también cobrarían haberes como funcionarios activos en otras instituciones públicas, el pago de gratificación ocasional a la institución y el pago de remuneración a personal contratado por producto, a pesar de la falta de un informe de resultado.

“La denuncia se presentó en sede fiscal, según el sello de cargo, el 27/09/2018, y considerando que la conducta presuntamente punible finalizó en agosto de 2013, surge sin temor a equívocos que al momento de la presentación de la denuncia ya había operado la prescripción, la que aconteció en agosto de 2018, casi un mes antes de la denuncia”, dice la resolución.

Con las documentaciones obrantes se concluye que los hechos punibles denunciados ha operado la prescripción.

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