07 dic. 2025

Plataformas de pagos podrán operar a través del SPI

El Directorio del Banco Central del Paraguay (BCP) resolvió actualizar el Reglamento de Autorización para los Proveedores de Servicios de Inicio de Pagos (PISP) que operan en el Sistema de Pagos Instantáneos (SPI) e incluir a las Fintech dentro del sistema de pagos.

Pagos electrónicos

El BCP autoriza que fintech puedan operar con SPI

La nueva normativa incorpora a las entidades de tecnología financiera (Fintech) como proveedores de inicio de pagos, habilitando a estas empresas a ofrecer alternativas de cobro a los comercios mediante la intermediación de pagos con transferencias a través del SPI, informó el Banco Central de Paraguay.

“Con esta medida, el BCP promueve la inclusión financiera, la digitalización del comercio y la reducción de costos transaccionales, fortaleciendo así la competitividad y la innovación en el ecosistema de pagos”, afirmó el BCP a través de un comunicado oficial.

De acuerdo con la Resolución N° 15, Acta N° 35 de fecha 27 de agosto de 2025, se actualizan los requisitos de autorización, las reglas operativas y los estándares de seguridad y ciberseguridad que deberán cumplir los PISP. De esta manera, se garantiza la protección de los usuarios, la integridad de las operaciones y la confianza en el sistema de pagos, facilitando operaciones rápidas, seguras y eficientes.

“Estas innovaciones refuerzan el rol del SPI como infraestructura crítica para el desarrollo económico del país”, sostiene la banca Central.

Nota relacionada: Poder Ejecutivo promulga polémica Ley del Sistema de Pagos

Según se comunicó, esta disposición se enmarca en la entrada en vigencia de la Ley N° 7503/2025 Sistema Nacional de Pagos, que en su artículo 2° reconoce a los Proveedores de Servicios de Pago, incluyendo a los PISP, como participantes de los sistemas administrados por el BCP.

Asimismo, el artículo 4°, inciso d), otorga al Banco Central la facultad de determinar qué proveedores y servicios de pago quedan sujetos a la regulación, control, supervisión y vigilancia de la institución.

Cabe recordar que el decreto reglamentario de la Ley del Sistema Nacional de Pagos todavía se encuentra pendiente.

Nuevo marco de seguridad

Por otra parte, el Banco Central del Paraguay también aprobó vía Resolución N° 24, Acta N° 35 de fecha 27 de agosto de 2025, mediante la cual se establece el nuevo marco de seguridad para el Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap) en línea con las mejores prácticas internacionales del Banco de Pagos Internacionales (BIS por su sigla en inglés).

La resolución adopta la Estrategia de Reducción de Fraudes para Puntos Finales del Sipap y la correspondiente Norma de Monitoreo, iniciativas que buscan fortalecer de manera proactiva la seguridad del ecosistema de pagos nacional ante la creciente sofisticación de los fraudes financieros.

Con ello se determinar el cumplimiento obligatorio para todas las entidades participantes del Sipap –bancos, financieras, cooperativas y otros actores–, con especial foco en las operaciones del Sistema de Pagos Instantáneos (SPI) y del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR).

Las normas definen los roles, responsabilidades y metodologías de supervisión que el BCP aplicará.

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