10 may. 2026

Legislación argentina prohíbe la medida

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Reunión. La Comisión Nacional de Hidrovía se reunió ayer.

Gentileza

Ayer se realizó una nueva reunión de la Comisión Nacional de Hidrovía en la sede de la Cancillería. Tras el encuentro, el canciller Rubén Ramírez Lezcano señaló que la propia legislación argentina establece que no se pueden embargar a embarcaciones cargadas. “Deploramos las medidas impuestas por la República Argentina que restringen la navegación en la Hidrovía Paraguay-Paraná a partir de la aplicación de un peaje unilateralmente establecido al margen de las disposiciones reglamentarias vigentes”, declaró el canciller.

Insistió que reprueban que, aún cuando la misma legislación argentina establece que interdicciones y embargos no pueden efectivizarse cuando la embarcación estuviera cargada y lista para zarpar, “la Prefectura Naval Argentina detuvo arbitraria e injustificadamente” la embarcación de bandera paraguaya. Añadió que hasta ahora “no hay respuesta argentina a los reclamos paraguayos, y la barcaza sigue retenida”.

A su vez, el abogado argentino Mariano Moyano sostuvo que el peaje cobrado en su país es ilegal, porque “las vías fluviales en Argentina caen bajo la órbita de la Jurisdicción Nacional (Federal)”. “Es decir que todo lo que se relaciona con el manejo de los ríos internacionales es competencia del Estado Nacional. Y el Estado Nacional, conforme establece nuestra Constitución Nacional, no puede crear tributos si no es por Ley del Congreso (...). Ninguna ley autorizó al Estado a crear este tributo”, señaló en un mensaje.

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