La resolución afecta a Pedro Augusto Guillén Tellechea, quien fue condenado a 5 años de cárcel por estafa mediante sistemas informáticos y estafa, según la sentencia dictada en juicio oral el 18 de octubre de 2019.
Este fallo fue confirmado por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la capital, el 30 de diciembre de 2020. La Sala Penal de la Corte, cuatro años después, por acuerdo y sentencia del 25 de abril de 2024, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación.
El 23 de julio de 2025, la Corte asignó a la jueza de Ejecución Penal Luz Rossana Bogarín para atender la causa, que fue recibida por el juzgado el 14 de agosto de 2025.
El 19 de agosto del año pasado, la magistrada dejó sin efecto las medidas alternativas y ordenó la captura de Guillén Tellechea.
Ayer, el jefe de la Comisaría 2ª metropolitana comunicó la detención de Pedro Guillén Tellechea, y lo puso a disposición de la magistrada.
Según el expediente, el 14 de febrero de 2013, el hombre tuvo arresto domiciliario. El 19 de marzo de 2014 le dieron la libertad ambulatoria, con lo que cumplió 3 meses y 5 días.
El 21 de noviembre de 2017 fue declarado en rebeldía, lo que fue levantada por resolución del 6 de diciembre de ese año cuando de nuevo le dieron arresto domiciliario. El 5 de marzo de 2018 le autorizaron a cumplir sus obligaciones laborales.
En total, hasta el levantamiento de las medidas, el 19 de agosto de 2025, cumplió siete años, once meses y dieciocho días, con arresto domiciliario, por lo que supera la pena impuesta por parte del Tribunal de Sentencia.
Con ello, dice la jueza que cumplió con la pena de 5 años, el 1 de setiembre de 2022, cuando el expediente aún se encontraba en trámite en la Sala Penal de la Corte, que dictó resolución recién en el 2024, dos años después.
Tras realizar el cómputo de la privación de libertad, se tuvo que la pena debía cumplirse ya en el 2022, por lo que a la fecha ya tiene compurgada y se declara extinguida la pena impuesta al condenado y se ordenó el archivo de la causa.