La resolución fue dictada en forma unánime por los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y César Diesel, quienes declararon inadmisible el recurso planteado por los abogados Miguel Ángel Godoy y Esmilce Vega, en representación del reo.
El recurso extraordinario ataca la resolución del 11 de noviembre del 2016, del juicio oral en el que las juezas Lourdes Peña, Blanca Gorostiaga y Claudia Criscioni, le habían condenado a 25 años de cárcel.
También atacan el fallo del Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, que por acuerdo y sentencia del 19 de mayo del 2017, ratificó la condena. Finalmente, la Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Sindulfo Blanco, Luis María Benítez Riera y Alicia Pucheta, en mayo del 2018, dejaron firme la condena.
Ahora, los revisionistas solicitaron anular los fallos señalados porque actualmente la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia es favorable para los condenados, ya que permiten realizar un nuevo estudio de los criterios de la medición de la penal.
Indican que con la suficiente claridad argumentativa la Sala Penal explicó los presupuestos necesarios para la revisión de la condena, y sobre las agravantes, por lo que refieren que la pena de 25 años es excesivamente alta y técnicamente infundada, por lo que piden que se fije una sentencia más justa.
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Incluso cita tres fallos de la Salas Penal, dos del 2023 y uno del 2024, donde cambian los criterios de la medición de la pena, conforme señala.
Sin embargo, los ministros consideran que, en realidad, cuando se invoca la causal que señalan los revisiones, el impugnante debe acreditar una ley posterior o un conjunto de decisiones sobrevinientes que generan un cambio respecto a la forma de interpretación, y que pueden ser transferibles al caso.
Esto no se dio en este caso, con lo que sostienen que no se dan los requisitos para el estudio de la revisión, por lo que lo declaran inadmisible.
El crimen
El homicidio se registró el 6 de febrero de 2014 sobre la avenida Rodríguez de Francia y Pozo Favorito de nuestra capital, según los antecedentes.
Se comprobó en el juicio oral que Derlis López estaba en la vereda con unos amigos, cuando se les acercó un automóvil. En el vehículo estaban Lorenzo Mena y Gustavo Bareiro.
Mena, al ver a los jóvenes, realizó un gesto de llamada a la víctima y le preguntó cómo conseguir drogas. El joven le contestó que no tenían, con lo que los policías se fueron.
Se probó que minutos después volvieron los agentes. Mena descendió, sacó su arma de fuego y disparó contra Derlis López.
Al retirarse del sitio, disparó varias veces contra los otros jóvenes, hiriendo a uno. López falleció y el otro afectado tuvo que ser hospitalizado.