El magistrado Rodrigo Estigarribia confirmó la validez de la imputación planteada por los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, en contra de Roger Alejando Medina Quintana, uno de los procesados junto con la jueza de Paz, Carmen Analía Cibils, los actuarios y ujieres.
Las abogadas defensoras Cynthia Almada González y Aurora María Bareiro, en representación de Medina Quintana, habían pedido anular la imputación porque se vulneraron los derechos constitucionales del debido proceso, el derecho a la defensa, la comunicación previa de la imputación, entre otros.
Sostuvieron que, según la imputación, el abogado Roger Medina había presentado juicios ejecutivos en representación de la firma Sistema de Cobranza SA, y que el mismo habría instado al juzgado para hacer efectivo el apercibimiento, presentando las notificaciones que en realidad no se realizaron.
La defensa indicó que la Fiscalía dice que “nuestro defendido se ha representado que las notificaciones no han sido practicadas y que los informes del ujier notificador eran falsos”.
“Sin embargo, omite señalar cuál es el elemento de prueba o la circunstancia indiciaria que le hace concluir que nuestro defendido estaba al tanto de la falsedad de lo practicado y diligenciado por los auxiliares de Justicia”, apuntan.
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Dice que los fiscales asumieron que era instigador de prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso. Remarca que la imputación no tiene un relato de los hechos donde se pueda ver que existiera una connivencia con los demás procesados. Además, que el proceso se inició sobre bases contaminadas.
Por su parte, los fiscales refieren que la imputación cumplió con todos los requisitos legales, por lo que era válida. Por ello, solicitó rechazar el pedido.
Resolución
Al analizar el caso, el juez Estigarribia señala que la imputación indica que, en 18 expedientes, luego de presentados los pedidos de preparación de acción ejecutiva, el ujier notificador Alfredo René Benítez Cabrera, habría informado falsamente sobre el diligenciamiento de las cédulas de notificaciones para que comparecieran los 18 deudores a reconocer firmas.
“Dichas cédulas contendrían los informes falsos de que supuestamente fueron practicadas en fecha 6 de enero del 2023, entre las 11:00 y las 12:00, en las ciudades de San Ignacio Misiones, Asunción, Limpio, Luque, Villa Elisa, Itá, San Lorenzo, Capiatá, Lambaré, Mariano Roque Alonso, Encarnación, Fernando de la Mora, San Lorenzo; no siendo ello posible por la distancia entre dichas ciudades y el tiempo que le habría tomado diligenciar”.
También cita otros casos, por lo que concluye que sí se hace un relato detallado de los hechos, por lo que concluye que la imputación reúne todos los requisitos legales para su validez, por lo que rechazó la nulidad planteada.