Se trata de la ley: “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”. El título sugiere algo necesario y absolutamente legítimo en cualquier Estado de Derecho, pues la transparencia es un valor esencial que todos debemos proteger. Y más aún cuando se trata del manejo de fondos públicos.
Sin embargo, desde su primera versión proveniente del Senado, esta ley trajo consigo una serie de artículos abiertamente inconstitucionales que socavan directamente la participación de la sociedad civil en los asuntos públicos, precisamente lo que las sociedades abiertas y democráticas practican y promueven.
Esta ley no prohíbe explícitamente la participación de las organizaciones de la sociedad civil en general, pero establece una serie de dificultades que complican innecesariamente su funcionamiento, limitando así su capacidad para defender los intereses de la ciudadanía y ejercer un control sobre el poder.
Posteriormente, la ley sufrió unas modificaciones que, si bien representan una mejoría relativa con respecto a la primera versión, sigue afectando el tema central que se debería proteger y no dificultar: La participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, interviniendo, denunciando, incidiendo, generando espacios asociativos y de confianza.
Existe una profusa evidencia internacional de que la ausencia de suficiente “capital social”, es decir debilidad y escasa participación de la sociedad civil, conspira directamente contra el desarrollo, pues carecen de los necesarios controles y contrapesos al poder. Lo cual siempre es peligroso para la democracia.
Ya en la primera mitad del siglo XIX el político, diplomático y sociólogo francés Alexis de Tocqueville había pasado una temporada en la pujante sociedad de los EEUU que estaba teniendo un acelerado proceso de desarrollo. Posteriormente, escribió un libro titulado “Democracia en América” en el que explicaba con claridad la tremenda importancia que tenía para dicha sociedad de rápido progreso, la capacidad asociativa para involucrarse en los asuntos públicos y elevar sustancialmente el capital social.
Actualmente, los recientemente galardonados con el premio Nobel de Economía, explican en un interesante trabajo por el cual se llevaron el prestigioso reconocimiento; que las sociedades que logran avanzar en el camino del desarrollo son aquellas que construyen instituciones inclusivas en lugar de extractivas, participativas en lugar de intervencionistas.
Muchas voces, tanto a nivel nacional como internacional, gremios y asociaciones empresariales, respetados juristas y líderes sociales, han manifestado su rechazo a esta ley y su preocupación de que en estos momentos, en donde necesitamos enfocarnos como sociedad en temas de mayor relevancia para el desarrollo, se planteen leyes que vienen a contramano de los tiempos modernos en donde lo que buscamos es precisamente una mayor participación ciudadana y un Estado que este en función de los ciudadanos y no a la inversa.
Incluso la calificadora de riesgo internacional Fitch mencionó en su informe sobre el país su preocupación por esta ley de manera específica, por la misma razón, que puede limitar y complicar la participación ciudadana.
Las organizaciones de la sociedad civil ya están sometidas a un marco legal que establece diversos mecanismos de control y transparencia. Esto ya existe, y en todo caso habría que fortalecer las instituciones encargadas de supervisar el cumplimiento de las normas vigentes.
Si esta ley termina siendo promulgada tal cual está, no seremos el único país que tiene algo similar. Otros países, como Venezuela, Nicaragua, Rusia y Cuba, tienen leyes muy parecidas. Esto de por sí ya nos da una señal del club al cual podemos pasar a pertenecer.
Claramente, no necesitamos esto para nuestro país y tenemos otros temas centrales en los cuales enfocarnos. ¿Es mucho pedir a las autoridades políticas una mayor seriedad en este sentido?