27 nov. 2025

Federación Internacional pide al IPS cumplir con pago de jubilación a navegantes

La Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF) denuncia el incumplimiento del IPS de sentencias de la Corte que eliminan el tope jubilatorio para 129 capitanes navieros, calificando las acciones dilatorias de la previsional como un acto de desacato y una amenaza al Estado de derecho.

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Ejecución de setencia de la Corte supondría USD 100 millones del Fondo jubilatorio del IPS.

Foto: Archivo ÚH.

La Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF) remitió una nota dirigida al presidente del Instituto de Previsión Social (IPS), Jorge Brítez, y a la Corte Suprema de Justicia, en la que manifiesta su “profunda preocupación” ante el presunto incumplimiento de sentencias firmes dictadas por la máxima instancia judicial en favor de un grupo de capitanes navieros paraguayos.

El documento, firmado por Mariano Moreno, presidente regional del Comité de Navegación Interior de América Latina y el Caribe de la ITF, advierte que el Estado paraguayo podría estar incurriendo en un incumplimiento de resoluciones judiciales, lo que “socavaría los pilares del Estado de Derecho”.

La organización sindical internacional –que agrupa a más de 16,5 millones de trabajadores en 150 países– señala que la Corte Suprema, mediante los acuerdos y sentencias N° 1917/2016 y N° 1197/2017, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 3 y 4 de la Ley 98/92, que establecían un tope máximo a las jubilaciones de 129 capitanes de la marina mercante. Pese a la firmeza de esa decisión, el IPS habría promovido una acción autónoma de nulidad y un tribunal de apelaciones dictó una medida cautelar que suspendió los efectos del fallo.

Según la ITF, esta actuación “resulta jurídicamente inadmisible”, al provenir de un órgano inferior que no podría dejar sin efecto una sentencia de la Corte Suprema. En la nota se denuncia además que autoridades del IPS habrían manifestado su intención de no acatar el fallo, con declaraciones como “no vamos a pagar un solo guaraní”, lo que la entidad califica como “acto de desacato”.

Nota relacionada: IPS asegura que “peleará” para no pagar jubilación de USD 100 millones a navegantes

La federación advierte que esta situación vulneraría convenios internacionales ratificados por Paraguay, como los de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre igualdad y no discriminación, y acuerdos del Mercosur en materia de seguridad social. Por ello, la ITF solicita al IPS el “inmediato e incondicional cumplimiento” de las resoluciones judiciales y pide al Gobierno paraguayo garantizar el respeto a la ley y la autoridad de la Corte Suprema.

También insta a esta última a adoptar medidas para asegurar la ejecución de sus sentencias frente a recursos “dilatorios e ilegítimos”.

El abogado de los trabajadores navieros, Raúl Mongelos, brindó el contexto del caso y explicó que la Corte Suprema declaró en 2016 la inconstitucionalidad del tope impuesto por la Ley 98/92, pero que, pese a la resolución firme, el IPS no ha aplicado la sentencia ni ha realizado los pagos correspondientes.

Según detalló, unos 20 capitanes ya se encuentran en edad de jubilación y aún no perciben los haberes calculados según el fallo, de ellos 10 solicitaron al Tribunal de Cuentas la ejecución del mismo. Los salarios de los capitales navieros son de alrededor de G. 40 a 60 millones, monto por el cual aportaron durante 25 años, mientras que con la nueva ley que topea el monto de las jubilaciones solo pueden percibir hasta los 10 salarios mínimos, alrededor de G. 26 millones.

Mongelos advirtió que la actuación del IPS –al promover una acción autónoma de nulidad y obtener una medida cautelar de la Cámara de Apelaciones– genera una “grave inseguridad jurídica”, ya que “un organismo inferior no puede suspender los efectos de una sentencia de la Corte Suprema”. Por ello, los trabajadores recurrieron a instancias internacionales, incluida la OIT, para denunciar el incumplimiento.

Desde el IPS, en tanto, señalaron que no existe una definición judicial firme que obligue al pago en las condiciones reclamadas. La institución informó que promovió una acción autónoma de nulidad contra el acuerdo y sentencia N° 1917/2016 y su aclaratoria, y que actualmente rige la medida cautelar AI N° 458 del 20 de julio de 2021, dictada por el Tribunal de Apelaciones Civil y Comercial, 6ª Sala, que prohíbe innovar respecto a la liquidación y actualización de haberes jubilatorios de los navieros involucrados.

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La ITF anunció que seguirá de cerca el caso y no descarta elevar una queja formal ante los órganos de control de la OIT si el Estado paraguayo no da cumplimiento a la sentencia judicial.

El principal problema sería que al cumplirse la ejecución este sentaría jurisprudencia para alrededor de 7.000 aportantes de la previsional que aportan por encima de los 10 salarios mínimos.

Según los cálculos, realizados en el 2023, el pago a los capitanes supondría alrededor de USD 100 millones, mientras que el monto sería mucho mayor para responder a los 7.000 aportantes, poniendo en riesgo la sostenibilidad del Fondo Común de Jubilaciones y Pensiones.

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