La Cámara de Diputados concluyó ayer el estudio del proyecto de ley de la reforma del transporte público e introdujo una serie de modificaciones que responden, en parte, a las exigencias de los municipios, choferes y empresas operadoras. El texto regresa al Senado tras los cambios.
El pleno de la Cámara Baja utilizó como base para las modificaciones el dictamen de la Comisión de Presupuesto, liderada por la diputada colorada oficialista, María Cristina Villalba.
En lo que respecta a la solicitud de las empresas, fueron introducidos cambios respecto a la duración de las concesiones, estableciendo un mínimo de 7 años. Asimismo, se introdujo la obligatoriedad del pago de subsidios cada 15 días. En el mismo sentido, se hicieron cambios respecto a renovación de flota, permisos y fiscalizaciones. No obstante, no se aclaró sobre estos puntos.
Desde la oposición fueron planteados dos pedidos. Uno de ellos por parte del diputado Raúl Benítez (independiente), quien solicitó que la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) pase a formar parte del Viceministerio de Transporte. Asimismo, los diputados del PLRA, Carlos Pereira y Roya Torres, pidieron que localidades de Itapúa y Alto Paraná sean incluidas dentro de la reforma. Las propuestas fueron rechazadas.
Los legisladores de la Cámara Baja incluyeron también otras modificaciones que van de la mano con los pedidos de los municipios. En ese sentido, se decidió mantener el cobro de tasas municipales a las empresas operadoras e incluir a las comunas en las decisiones del Comité de Movilidad Sostenible.
Los diputados también establecieron la obligatoriedad de la contratación de los empleados en el caso de absorción de empresas y eliminaron las evaluaciones previstas para los conductores ante alguna fusión de firmas. No obstante, los gremios de trabajadores no están de acuerdo con establecer una antigüedad mínima y con la declaración de servicio imprescindible.
Tras la inclusión de las modificaciones, el proyecto de reforma del transporte público, impulsado por el Gobierno a través del Viceministerio de Transporte, regresará a la Cámara de Senadores, que tendrá la opción de ratificarse en su versión.
No están conformes. Gerardo Giménez, presidente de la Federación de Trabajadores del Transporte (Fetrat), criticó al presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, por no haber cumplido con su compromiso de crear una mesa de trabajo para analizar los pedidos de los diferentes sectores. Dijo que, una vez más, el Gobierno los excluyó del debate de un proyecto que afecta a miles de personas. El gremio se reunirá el domingo para analizar las medidas a ser adoptadas.
En el mismo sentido, el trabajador explicó que no están conformes con las modificaciones, ya que se mantuvo en 2 años la antigüedad mínima para la recontratación de empleados en el caso de fusión de empresas. Aseguró que esta es una medida discriminatoria que perjudicará a los trabajadores. Criticó que se siga estableciendo un mínimo de operación de buses en caso de paro o huelga.
300 millones de dólares es la inversión necesaria solo para la renovación de la flota de buses para la reforma.
PROYECTO DE LEY
CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Artículo 20. El transporte público es un servicio imprescindible y en caso de paro, la prestación del servicio no ser inferior al 60% de la flota.
Artículo 21. La determinación de ampliación de área metropolitana tendrá la participación de municipios afectados y se analizará cada año. El Poder Ejecutivo tendrá 60 días para expedirse, sobre áreas afectadas, tras la aprobación de la ley.
Artículo 39. En el caso de absorción o fusión de empresas, se establece la obligatoriedad de incorporación de todos los trabajadores que hayan cumplido 2 años (no solo choferes). Se suprime la evaluación obligatoria para la contratación. (Proyecto no garantizaba contratación).
Artículo 58. El contrato de concesión de los servicios tendrá una duración mínima de 7 años y máxima de 15 años. (Agrega duración mínima).
Artículo 72. Se dispone el flujo de pago oportuno, regular, previsible, en un plazo no mayor a 15 días, tanto respecto a las recaudaciones o subsidios. (Proyecto no incluía subsidios).
Artículo 78. Testar el citado artículo, a fin de mantener la fuente de ingreso genuina de las municipalidades. (Proyecto excluía a operadores del pago de tributos municipales).
Artículo 79. Se crea la figura del encargo fiduciario como opción de administración.
Artículo 103. Se suprime el monto mínimo de 200 jornales de multa, para prever la inclusión de faltas leves.
Artículo 109. Agregar a Cordillerita, Altos, Emboscada, Loma Grande, Atyrá, San Bernardino, Nueva Colombia, Tobatí y Caacupé, al área metropolitana.
Artículo 107. Se disminuye el plazo de prescripción de certificado de deuda a dos años.
Artículo 113, Artículo 114, Artículo 116 y Artículo 121. No se explicaron los cambios hechos por la Cámara Baja.