31 jul 2026

El fiscal Aldo Cantero niega causa dirigida sobre seminarios mau y argumenta sobre el copy paste

El fiscal Aldo Cantero hizo lectura de su derecho a réplica, tras publicaciones que exponían copy paste de escrito de un abogado para solicitar allanamiento. “Niego categóricamente que esta investigación esté siendo dirigida”, dijo, para luego referirse a que “es normal que se copien partes de los escritos”, pero que ninguna actuación fue al margen de la ley.

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El fiscal Aldo Cantero dio su derecho a réplica con ÚH.

Foto: Captura NPY.

El fiscal Aldo Cantero –en contacto con ÚH– hizo una cronología de cómo inició la causa en la que se investiga a Ismael Fenner por supuestamente promocionar seminarios, posgrados y maestrías falsos de un instituto superior; dijo que esta investigación no está siendo dirigida por los abogados denunciantes y que todo se hizo bajo la luz de le legalidad.

En publicaciones anteriores se había mencionado que el fiscal hacía copy paste de los escritos del abogado y a raíz de esto, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) tomó conocimiento del caso y en agosto decidirá si investiga a Cantero de oficio o no.

Ver más: Jurado estudiará si enjuicia a agente fiscal por copy paste

Versión del fiscal Aldo Cantero

Comenzó diciendo que “en fecha 15 de abril del 2026, la Dirección Jurídica del Ministerio de Educación y Ciencias, integrada por el doctor Martín Iván Schmeda y el señor Benito Yúdice Martínez, formuló una denuncia penal en la oficina de denuncias del Ministerio Público por la presunta comisión del hecho punible de producción de documentos no auténticos, establecido en el artículo 246 del Código Penal, recayendo en la unidad del sorteo aleatorio en la Unidad 13, a cargo del agente fiscal Daisy Teresa Sánchez”.

“En primer lugar, la denuncia del MEC derivó en un expediente administrativo 97.953/26 promovido a distancia de la firma Calidad Educativa SA, Administradora del Instituto Superior Interamericano de Ciencias Sociales”, continuó.

El fiscal Aldo Cantero expuso que “en dicho trámite se detectó la circulación de la Resolución N° 1024, de fecha 10 de julio del año 2009, presumiblemente apócrifa, que simulaba haber sido emitida por la Dirección General de Educación Superior, MEC, para reconocer el título de maestría”.

“En dicho expediente administrativo se elevaron los siguientes informes, informe N° 72/2026, en el cual constató que la resolución N° 1024/2029, la que ya mencioné anteriormente, no existe en los registros oficiales del Viceministerio de Educación Superior y Ciencias y que la persona figurante como firmante no ejercía el cargo invocado en esa fecha”.

“También se invocó en esta investigación el Memorándum N° 51 de 2026, elaborado por el Departamento de Legalizaciones de la Secretaría General del MEC, que reveló que la etiqueta holográfica N° 51.641 utilizada por las supuestas legalizaciones pertenecía en realidad a un trámite distinto en el 2018", mencionó.

“Es decir, que le corresponde a otra persona registrada a nombres y con sellos con graves inconsistencias formales, inconsistencias que dan inicio a conductas subsumibles en los tipos penales de producción de documentos no auténticos”, prosiguió.

“La agente fiscal interviniente, que es la doctora Daisy Sánchez, realizó las primeras diligencias primarias, ya que la denuncia se habría dado en el mes de abril del 2026, no en el mes de julio, tal como afirma dicha publicación y que fue dirigida supuestamente”, dijo el fiscal.

El pedido de allanamiento, ¿cómo fue?

El agente cuenta cuando tomó la causa: “Por Resolución N° 2269, de fecha 26 de junio del año 2026, esta representación fiscal, en razón a que el agente fiscal titular de la Unidad Penal N° 13 solicitó permiso por vacaciones del 3 al 27 de julio del corriente año, fui designado por resolución para representar a dicha unidad penal a cargo de la investigación”.

Lea más: Fiscal hace copy paste de escrito de abogado para allanar

“En prosecución a esta línea investigativa, en fecha 15 de julio del año 2026, mediante un Requerimiento N° 40, esta representación fiscal interviniente solicitó formalmente al Juzgado de turno la orden de allanamiento para la incautación de elementos probatorios en el Hotel Crowne Plaza ante la noticia por parte de las autoridades del MEC y de la Universidad Nacional de Educación Superior, de la realización presencial de cursos no autorizados en esta fecha por el Cones dirigidos a extranjeros (alumnos brasileños)”, siguió.

Requisitos tomados en cuenta para pedir allanamiento

“Quiero aclarar que, en estricto cumplimiento del control jurisdiccional, establecido en el artículo 187 y el artículo 188 del Código Procesal Penal, que son los artículos que rigen cuáles son exactamente los requisitos que deben tener una solicitud, el Ministerio público solicita al órgano jurisdiccional la orden de allanamiento pertinente”, dijo el fiscal.

“Dicha información para las solicitudes de allanamiento la realizamos a través de la Policía; personas que tienen conocimiento de la localización de ciertos objetos; o denunciantes que formalizan el pedido al Ministerio Público para que posteriormente sea remitido al Juzgado Penal para la concesión o no de la orden de allanamiento”, explicó.

“Quiero acotar que en fecha 16 de julio del 2026 a las 14:30, bajo el mandamiento judicial respectivo, se ejecutó la orden de allanamiento con la presencia de funcionarios del Ministerio Público, comitiva del Ministerio de Educación, representante de Asesoría Jurídica, representante de la Dirección General de Universidades y un representante del Instituto Superior e Institutos Técnicos Superiores del MEC, además de representantes del Cones y personal de la Policía Nacional de la Comisaría 3ª”.

“En dicha diligencia, se dio plasmada las actas actuales firmadas por los intervinientes y las personas encargadas del curso que fueron identificadas durante la diligencia, quienes fueron informados y notificados a través del mandamiento respectivo librado por el Juzgado Penal de Garantía”, sostuvo.

“Quiero aclarar –dijo el fiscal– que en dicho allanamiento fueron incautados diversos dispositivos, carpetas institucionales, banners y documentación complementaria del curso que se estaba realizando en forma ilegal, en base a las resoluciones dictadas por el Cones y por el MEC”.

“Posteriormente, en fecha 16 de julio, la representación fiscal dictó la Resolución N° 34, fundando la detención del ciudadano brasileño Ismael Fenner, el cual se halla vigente a la fecha, ya que aunque se realizó la imposición de medidas, el mismo no se ha levantado la orden de detención, porque no se presentó en ningún momento al Ministerio Público hasta la fecha”, expresó.

“En la misma fecha, esta representación formuló imputación en contra del señor Ismael Fenner, de nacionalidad brasileña, por la presunta comisión de los hechos punibles de producción de documentos no auténticos y estafa”, dijo.

“El resultado de la diligencia de las evidencias incautadas fue informado oportunamente al Juzgado Penal de Garantías en fecha 17 de julio”, siguió.

Refuta lo escrito en publicaciones periodísticas

“Con referencia a las recientes publicaciones periodísticas y contenido vertido en las plataformas de redes sociales, en relación con el procedimiento de la causa de Ismael Fenner, sobre producción de documentos no auténticos y estafas, de fecha 29 de julio de 2016 titulada “Fiscal hace copy page del escrito de abogado para allanar”, esta representación cumple manifestar enfáticamente de que dichas aseveraciones carecen de absoluto asidero legal y fáctico”.

Y que responden a “valoraciones subjetivas ajenas a la causa y expediente judicial, ya que la investigación tuvo origen en una denuncia formal presentada por la máxima autoridad del ramo educativo, el MEC, tras corroborar mediante informes técnicos la existencia formal de actos administrativos y la alteración de elementos de seguridad, sello y holograma”.

“Ninguna de las actuaciones practicadas por el Ministerio Público se ha realizado al margen de la Constitución y las leyes. La diligencia de allanamiento de incautación efectuada el 16 de julio en el Hotel Crowne Plaza fue previamente analizada, ponderada y autorizada por el Juzgado Penal de Garantía mediante el AI Nº 338 de fecha 15 de julio del año 2026, garantizando el debido proceso”, dijo.

“La recolección de los elementos de convicción se realizó en presencia de las partes, autoridades del Cones, el Viceministerio de Educación Superior, labrándose acta correspondiente, así mismo las evidencias tecnológicas y puestas a custodia en el laboratorio forense”.

“La imputación dictada por Acta N° 27 se subsume estrictamente en el grado de sospecha, existido en el artículo 302 del Código Procesal Penal”.

“También quiero dejar en claro en este derecho a réplica, que el único órgano que puede solicitar una orden de allanamiento es el órgano requirente, que en este caso es el Ministerio Público, siempre que se den los elementos de sospecha”.

“En este caso, el propio denunciante puede solicitar el lugar, la fecha y dónde se podrían encontrar elementos que podrían servir como base para una imputación penal que en el presente caso se dio”.

Copia de los escritos

“Por otro lado, es normal que se copien partes de los escritos que presentan tanto la Policía Nacional (yo trabajo mucho con el Departamento de Investigación de Delitos), y nosotros copiamos párrafos del pedido de ellos, porque lo que nosotros hacemos es transmitir al Juzgado Penal de Garantía, porque somos el único medio que podemos solicitar la información que nos están pasando terceras personas sobre posibles acontecimientos que no podemos tener y por la premura del caso debemos realizarlo ese día o en horas posteriores, que es el caso que se dio”.

"¿Por qué se hizo el allanamiento el 16 de julio? Porque ese día terminaba el curso realizado en el Hotel Crowne Plaza donde se estaban defendiendo tesis de posgrado y era para tomar testificales e incautar diplomas y registro de alumnos y pago realizado en dicha oportunidad”, explicó.

También aclaró que “para la correspondiente petición y pedido de orden de allanamiento, el Juzgado Penal de Garantía solicita al Ministerio Público el pedido realizado por la Policía Nacional o el órgano peticionante, en este caso una institución privada, que también está formalizada a través de los informes de los denunciantes que es el Cones y el MEC”.

“Se agrega una copia de la carpeta fiscal, es decir, que no solamente va el pedido del Ministerio Público, va agregado la solicitud de allanamiento realizado en este caso por un particular en una causa que inició en el mes de abril, que fue analizada por el juez Francisco Acevedo”.

Continuó diciendo esto: “Me parece bastante raro que aquella fecha del allanamiento, hasta la fecha el señor Fenner en ningún momento se presentó ante el Ministerio Público a solicitar ningún tipo de copia, Solamente se presentó a su audiencia de imposición de medida, y a la fecha tiene arresto domiciliario y tiene una caución real de G. 2.000 millones”.

Hay más causas contra Ismael Fenner

“La defensa, en este caso me parece, utilizando el medio de comunicación de ustedes, no ha planteado ningún tipo de incidente de nulidad, reposición, apelaciones, todos los recursos legales o los recursos pertinentes que tienen a realizar tratando de invalidar el supuesto copy page o lo que sea del pedido de allanamiento del Ministerio Público”, sostuvo.

“Quiero agregar que es normal que el estudio jurídico encabezado por la doctora Bettina Legal haga este tipo de jugarretas y por otro lado quiero manifestar que el acta de imputación presentada en aquella oportunidad fue admitida por el Juzgado Penal de Garantías”, acusó.

Expuso que el señor Fener “no solamente tiene esta causa, sino que tiene 12 causas abiertas”.

“Quiero manifestar que una semana después del allanamiento realizado en el Crowne Plaza, la doctora Yrides Ávila, fiscal de Delitos Marcarios, realizó otro nuevo allanamiento en el Instituto donde el señor Ismael Fenner está usurpando tanto el nombre comercial, así como los logos que le pertenecen a otra empresa que es la denunciante en el presente caso”.

“Por eso niego categóricamente que esta investigación esté siendo dirigida por cualquier tipo o por otra versión que esté dando, en este caso, los abogados de la defensa”, precisó.

El fiscal Aldo Cantero finalizó diciendo: “Me parece muy extraño que por una causa tan loable como es la de allanar y cortarle el chorro a esta gente que estafó a miles de personas, a miles de alumnos de brasileros, y por una causa que está haciendo que fueron perjudicados por millones de dólares de tantas personas que cuestionen un procedimiento que a la luz corta total legalidad”.

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