El fiscal Leoncio Paredes, titular de la 12 Fiscalía Provincial Penal de Lima, formalizó la denuncia penal contra los también dirigentes Freddy Ames, Lander Aleman, Klide Vega, Luis Duarte y Julio Pastor.
Burga (d) y su directorio fueron inhabilitados en 2007 para ejercer cualquier cargo durante cinco años por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), por no haber adecuado los estatutos de la FPF a la Ley General del Deporte peruano. EFE | Ampliar imagen
En la resolución, suscrita el pasado 13 de octubre y hecha pública hoy, se indica que a pesar de existir una resolución de destitución e inhabilitación de los dirigentes estos siguieron ejerciendo funciones en sus cargos.
Burga y su directorio fueron inhabilitados en 2007 para ejercer cualquier cargo durante cinco años por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), por no haber adecuado los estatutos de la FPF a la Ley General del Deporte peruano.
El dirigente desconoció, sin embargo, esa sanción y en octubre pasado fue reelegido en el cargo, aunque su mandato es desconocido por el Estado.
Esta medida ha sido considerada por la FIFA como una “intromisión” en la FPF y ha llevado al organismo del fútbol mundial a dar un ultimátum hasta el próximo 21 de noviembre para que las autoridades peruanas reconozcan a Burga.
El primer ministro peruano, Yehude Simon, consideró “autoritaria” a la FIFA y el presidente del Instituto Peruando de Deporte, Arturo Woodman, ratificó que el Estado no cederá los estadios para la celebración del próximo torneo Sudamericano Sub'20.
El fiscal Paredes señaló en su resolución que se reserva el derecho de formalizar denuncia penal contra los seis denunciados por el delito contra la administración pública, violación y resistencia a la autoridad y por los delitos de malversación de fondos y peculado en agravio del Estado.
También solicitó que se forme un cuaderno de embargo para garantizar la posible reparación civil de los implicados.
El expediente ha pasado al juez Pedro Gonzales, del 47 Juzgado Penal de Lima, quien deberá decidir en los próximos días si abre un proceso.
El Código Penal peruano señala que el delito de Usurpación de Funciones se castiga con una pena de prisión no menor a cuatro años ni mayor a siete.