30 sept. 2025

“El consentimiento del niño nunca es válido” en los casos de abuso sexual

La fiscala Vivian Coronel expuso que todavía existe una normalización y cultura del silencio en casos de abuso sexual en niños. En muchos casos, se encubre el hecho, antes que proteger al niño o adolescente.

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Grave. Contó que muchos niños se enfrentan a dificultades antes de denunciar.

GENTILEZA

Liz-AcostaBenitez@ultimahora. com

La fiscala especializada en los hechos contra niños, niñas y adolescentes dio detalles de la realidad en Paraguay sobre los casos de abuso sexual infantil, en donde el consentimiento no tiene cabida, según la propia ley. En exclusiva con ÚH, habla de los factores que permiten continuar elevados los índices de casos.

–Tenemos una cifra alta de casos de abuso infantil, ¿a qué se debe esto?

–El elevado índice de casos de abuso sexual en niños se debe a una combinación de factores sociales, culturales, familiares y estructurales. No hay una sola causa, sino un entramado de condiciones que favorecen la vulnerabilidad infantil.

Entre las principales razones se pueden mencionar los factores familiares y cercanía del agresor. La mayoría de los abusos son cometidos por personas conocidas: Familiares, cuidadores, vecinos o figuras de confianza y el silencio se mantiene por miedo, amenazas o dependencia emocional/económica hacia el agresor.

Está también la normalización y cultura del silencio. En muchos contextos, persisten patrones culturales que minimizan o encubren el abuso y se prioriza “evitar el escándalo” antes que proteger al niño.

También, la falta de educación y prevención. Niños sin información sobre sus derechos y sobre autocuidado tienen menos herramientas para identificar y denunciar situaciones de abuso.

Por último, está la impunidad y en donde la percepción de que los agresores no serán castigados refuerza la repetición de los abusos.

–¿Qué más desalienta la denuncia?

–Las debilidades institucionales, los sistemas de Justicia y protección infantil con respuestas lentas o ineficaces, así como la falta de acompañamiento psicológico y social a las víctimas, lo que desalientan las denuncias.

–¿Qué hechos hoy son considerados abusos?

–En Paraguay, lo que se considera abuso sexual en niños, niñas y adolescentes está regulado principalmente por el Código Penal Paraguayo y leyes complementarias de protección a la niñez.

En el abuso sexual en niños, cualquier acto de carácter sexual con un niño menor de 14 años es considerado abuso sexual, aunque exista consentimiento y la ley presume que no puede consentir.

Esto incluye caricias, tocamientos o manoseos con fines sexuales, la exposición de los genitales del agresor al niño, obligar al niño a tocar partes íntimas de otra persona y la penetración (vaginal, anal u oral), que agrava la pena y se conoce como abuso sexual con penetración.

El consentimiento del niño nunca es válido, y el delito se configura por el solo hecho del acto sexual.

Los actos sexuales, según el Código Penal Paraguayo, son todos aquellos destinados a excitar o satisfacer los impulsos de la libido, siempre que respecto a los bienes jurídicos protegidos, la autonomía sexual y el desarrollo sexual armónico de niños y adolescentes, sean manifiestamente relevantes.

También constituyen delitos vinculados al abuso la pornografía infantil, es decir, la producción, difusión, posesión o comercialización de imágenes sexuales de menores.

Está la explotación sexual y trata de personas, que consiste en captar, trasladar o retener a niños para fines sexuales; y la coacción sexual, cuando un adulto obliga a un niño o adolescente a realizar actos sexuales contra su voluntad.

–¿Qué tan importante es que el propio niño decida denunciar los hechos?

–La decisión de denunciar por parte de un niño víctima de abuso sexual tiene un enorme peso, pero también debe analizarse con mucho cuidado. Por un lado, hay un reconocimiento de lo vivido. Cuando un niño habla o denuncia, está dando un paso crucial para romper el silencio y buscar protección.

Su relato puede activar los mecanismos de Justicia y de apoyo psicológico y social y existe un fortalecimiento de su voz, que le ayuda a recuperar parte del control y la autonomía que le fue arrebatada en el abuso.

–¿Qué dificultades afrontan los niños al denunciar?

–Se enfrentan al miedo a no ser creído, especialmente si el agresor es alguien cercano o respetado. Incluso, las amenazas del agresor muchas veces condiciona el silencio con violencia o manipulación.

También afrontan sentimientos de culpa o vergüenza, que hacen que el niño dude en hablar o la dependencia del adulto abusador en lo económico, emocional o de cuidado, lo que complica aún más el paso de denunciar.

–¿Qué rol cumplimos los adultos?

–Es fundamental entender que no se puede poner toda la responsabilidad de denunciar en el niño. Los adultos, sean familiares, docentes, profesionales de salud y la comunidad tienen la obligación legal y ética de detectar señales, escuchar con respeto y denunciar.

El niño debe sentirse seguro y acompañado, nunca presionado ni revictimizado y la denuncia debe ir acompañada de apoyo psicológico y de un entorno protector.

La voz del niño es central y valiosa, pero la carga de denunciar no debe recaer únicamente en él. Es responsabilidad de los adultos y de las instituciones garantizar que, una vez el niño se anime a hablar, se activen los mecanismos de protección y justicia sin que él deba revivir una y otra vez lo ocurrido.

–¿Qué hace la Fiscalía para combatir este flagelo?

–El Ministerio Público de Paraguay tiene un rol muy importante en la lucha contra el abuso sexual infantil, actuando como la institución encargada de investigar, procesar y garantizar justicia, pero lo hace en coordinación con otras entidades del Estado.

En cuanto a la investigación de hechos punibles, hay tres unidades especializadas que se encargan de los casos de abuso sexual, trata, pornografía infantil, maltrato, estupro.

Se realizan exámenes médico-forenses a víctimas menores mediante su Dirección de Clínica Forense, para recabar pruebas científicas que sean utilizadas dentro del proceso penal.

También hay una atención de víctimas. También, el registro de casos incluye estadísticas frecuentes, lo que permite identificar tendencias, regiones de mayor incidencia y edades promedio de las víctimas, lo cual puede ayudar en la prevención y en enfocar mejor los esfuerzos.

–¿Estamos reforzados en la ley?

–Hay un cambio normativo y reforzamiento legal. Se endurecieron penas para casos graves, por ejemplo, abuso sexual con coito en menores de 10 años, variando según la gravedad. La ley contempla ciertas circunstancias como agravantes, como el suministro de sustancia al niño, entre otros.

Cualquier acto de carácter sexual con un niño menor de 14 años es considerado abuso. El consentimiento del niño nunca es válido, y el delito se configura por el solo acto sexual.

Es fundamental entender que no se puede poner toda la responsabilidad de denunciar en el niño. Adultos tienen obligación legal de detectar señales, escuchar con respeto y denunciar.

Vivian Coronel
Abogada y notaria, con 25 años de trabajo en el Ministerio Público.
Es agente fiscal especializada en la Lucha contra la Trata de Personas y Explotación Sexual en Niños, Niñas y Adolescentes en los departamentos de Alto Paraná y Canindeyú.
Es también fiscala especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes de Ciudad del Este.

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