Se acerca un nuevo año con novedades en cuanto a los feriados oficiales en la República del Paraguay –días de descanso obligatorios para trabajadores (de manera remunerada) y estudiantes; festivos, patrios o religiosos (todos del cristianismo)–, que la ciudadanía utiliza para compartir con sus seres queridos, viajar, o simplemente disfrutar del sosiego y derecho al ocio.
El 2026, en particular, será el año en que se estrenará el Día de la Jura de la Constitución Nacional de 1992, promulgado en agosto pasado como día de descanso obligatorio, en la Ley 7544/2025, “Que determina los feriados nacionales de la República del Paraguay, se establecen los feriados móviles y se faculta al Poder Ejecutivo a instituir otros feriados en situaciones especiales”, específicamente tres más, con base en el criterio del presidente de la República.
Dicha ley también definió cuáles feriados son considerados inamovibles o fijos y cuáles podrán juntarse al fin de semana para convertirlos en “feriados largos” y promover, por ejemplo, el sector turismo.
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Con sustento en esta ley, Peña había decretado feriado el pasado viernes 5 de septiembre, por el empate sin goles entre Paraguay ante Ecuador, y que marcó la clasificación de la Albirroja a un mundial tras 16 años de ausencia.
¿Cómo será el calendario 2026?
Tanto el último feriado de este año (25 de diciembre, Navidad) como el primero del 2026 (1 de enero, Año Nuevo) caerán en día jueves, dando inicio al largo mes de enero.
Tras el corto febrero de 28 días sin festivos, el tercer mes del año arrancará con el Día de los Héroes, uno de los feriados definidos como movibles en la reciente ley promulgada, por lo que el feriado del domingo 1 de marzo –que honra la muerte del Mariscal Francisco Solano López y el fin de la Guerra de la Triple Alianza y caerá en domingo–, podría trasladarse para el lunes 2.
Abril será el mes de la Semana Santa, con el jueves 2 y viernes 3 como feriados nacionales. El primero conmemora la Última Cena, la institución de la Eucaristía y el mandamiento del amor; el segundo, la pasión y muerte de Jesús en la cruz. Se tratan de días de relevancia en la fe de los cristianos.
El viernes 1 de mayo será el Día de los Trabajadores, uno de los feriados considerados inamovibles. A mediados del mismo mes, tendremos otro feriado largo parecido a la Semana Santa, con los jueves 14 y viernes 15 de mayo, ambos considerados festivos inamovibles, como Día de la Independencia y Día de la Madre.
Junio tendrá dos festivos nacionales desde 2026, ambos en la lista de movibles. El primero, el viernes 12 de junio, se celebrará el Día de la Paz del Chaco. El segundo será el estreno del nuevo feriado por el Día de la Jura de la Constitución Nacional de 1992, que en ese año caerá sábado y se espera que sea trasladado al lunes 22.
Si bien Paraguay no cuenta con un feriado nacional en el mes de julio, la Copa Mundial de la FIFA Norteamérica 2026 se desarrollará en ese tiempo (11 de junio al 19 de julio) y se espera de manera extraoficial que el presidente de la República establezca al menos uno de los tres feriados que tendrá a disposición, teniendo en cuenta los partidos de la Selección Paraguaya, que clasificó tras 16 años a un evento deportivo de tamaña magnitud, sobre todo en caso de clasificar a las instancias finales.
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La Fundación de Asunción se recuerda el 15 de agosto y será sábado. Este feriado se encuentra en la lista de los inamovibles y no será trasladado.
El 29 de setiembre se conmemora una victoria importante en la Guerra del Chaco, en el Día de la Batalla de Boquerón, y en ese año será martes. Este es el cuarto y último movible del año, por lo que se espera que sea trasladado para el lunes 28.
Tras un noviembre sin feriado nacional, en el último mes del año, el martes 8 de diciembre será el Día de la Virgen de Caacupé, considerado inamovible. Es la fiesta religiosa más importante del país, cuando los feligreses peregrinan hasta la Basílica Santuario de Caacupé, para pagar sus promesas.
La Navidad de 2026 caerá en día viernes, convirtiéndose así en el último del año.
Los feriados, días de descanso obligatorio
Por lo general, el sector empresarial se muestra reacio a la creación de nuevos feriados o días de descanso.
El feriado nacional por la clasificación de la Albirroja al Mundial resultó polémico y fue objetado por dichos sectores. Incluso, la noticia –vigente– de que el presidente analiza decretar feriado el próximo el 26 de diciembre de este año o el 2 de enero del 2026, fue calificado como distractor por legisladores opositores.
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Conforme al artículo 217 del Código del Trabajo paraguayo, los feriados nacionales establecidos por la ley son días de descanso obligatorio.
Sin embargo, por la naturaleza de sus actividades, para ciertas empresas resulta indispensable la prestación de servicios incluso en los días festivos. En esos casos, los empleadores están facultados a convocar a sus trabajadores bajo condiciones específicas.
Las patronales deben comunicar con tiempo a los empleados que deberán acudir a sus puestos de trabajo y desempeñar sus labores.
Además, deben garantizar el pago de las horas trabajadas con un recargo del 100% sobre el salario hora ordinario del día hábil, conforme al Código del Trabajo en su artículo 234, y respetar y asegurar todos los demás derechos laborales vigentes.