El primer proyecto en ser aprobado en la tarde de este lunes por la Cámara Baja es el que “prohíbe y sanciona la especulación de precios de productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas y pandémicas”.
Se trata de una propuesta de la bancada del Frente Guasu en el Senado, que ya tiene media sanción de la Cámara Alta. El proyecto busca que el Ministerio de Salud elabore un listado de productos indispensables durante la pandemia del coronavirus para establecer precios máximos para cada ítem.
“Tenemos que darle garantía a la gente de que va a poder ir a la farmacia a comprar tapabocas, alcohol en gel y otros insumos fundamentales para enfrentar al coronavorus sin que exista una tremenda suba de precios”, señaló el diputado Raúl Latorre.
Por su parte, su colega Antonio Buzarquis indicó que además de las modificaciones propuestas por la Comisión de Industria y Comercio, también se debe incluir la obligación de comunicar al Ministerio Público hechos que ya sean considerados como delitos. Sobre el punto, el legislador liberal aseguró que hay casos de escaladas de precios donde ya se perpetran “delitos similares a la usura”.
La Secretaría de Defensa del Consumidor y Usuario (Sedeco) será la encargada de control y sanción de las personas físicas o jurídicas que comercialicen productos superando el límite establecido, acaparen productos o utilicen publicidad engañosa.
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Con respecto al acaparamiento, el proyecto aprobado señala que el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) “establecerán el procedimiento de registros, adquisición, almacenamiento y venta de los productos, de forma que el consumidor final pueda adquirir como máximo la cantidad necesaria de cada producto para el uso o consumo de su hogar durante el plazo de un mes, teniendo como base que un hogar paraguayo, en promedio, está integrado por 3,7 habitantes”.
Tras su aprobación con modificaciones, el proyecto vuelve al Senado.
Control de la canasta
El otro proyecto tratado este lunes por los diputados “establece el control de precios de la canasta básica de alimentos y de los productos domisanitarios de uso personal y doméstico en todo el territorio nacional”.
La propuesta, del diputado Basilio Núñez, busca que estos productos tengan como “precios máximos de venta al consumidor final el precio promedio resultante de los últimos seis meses hasta el último día del mes de enero de 2020".
“Si bien es cierto de cierta manera se ataca el libre mercado, tenemos que tener en cuenta que la ley de oferta y demanda en condiciones normales de la economía se rige por una básica lógica que, cuando la demanda supera la oferta, tiende a que los precios se eleven. En algunos casos, durante esta crisis sanitaria se pueden dar (aumentos), pero no al extremo que visualizamos en algunas góndolas de comercios del país. No confundamos el libre mercado con el oportunismo de mercado”, expresó el diputado Carlos Silva.
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El proyecto también hace una salvedad para ciertos situaciones excepcionales de incremento: “Los proveedores podrán solicitar a las autoridades de aplicación la modificación de los precios máximos de venta, en razón de incrementos en sus costos de producción o importación u otras variables, siempre y cuando estas solicitudes de incrementos estén debidamente justificadas”.
Las autoridades que aplicarán la ley serán la Sedeco, el MIC, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave). Se establecen sanciones administrativas, así como el decomiso inmediato de mercaderías y su entrega a las instituciones afectadas a la atención de la emergencia sanitaria.
La ley solo tendrá vigencia mientras dure la declaración de emergencia sanitaria por el Covid-19. Con la aprobación en Diputados, el proyecto pasa a la Cámara de Senadores.