Este domingo se celebra el Día del Abuelo y el Ministerio Público alerta, en ese contexto, sobre la creciente cantidad de causas ingresadas por violación del deber del cuidado de ancianos o discapacitados, previsto en el artículo 227 del Código Penal, que señala que “el que violara gravemente su deber legal de cuidado de personas ancianas o discapacitadas, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa”.
Según los datos de la Fiscalía, en los últimos tres años las causas crecieron de 620 a 775, un 25% más de casos.
La Dirección de Planificación del Ministerio Público realizó un análisis que muestra que la mayoría de las víctimas son personas adultas mayores o personas con discapacidad.
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Asimismo, menciona que el 96% de los hechos ocurrió dentro de la vivienda y que los hijos de la persona afectada fueron los presuntos responsables en el 83% de los casos.
“Este incremento registrado durante el período 2023-2025 invita a reflexionar sobre una problemática que continúa afectando a personas en situación de especial vulnerabilidad. Si bien el aumento de las causas puede responder, en parte, a una mayor conciencia ciudadana y disposición para denunciar estos hechos, también evidencia que este hecho punible persiste y requiere una respuesta integral del Estado y de la sociedad”, sostiene el Ministerio Público.
El informe, basado en el análisis muestral de la Dirección de Planificación, sostiene que el 82% de las víctimas del 2025 correspondió a personas adultas mayores, el 9% a adultos mayores con discapacidad y otro 9% a personas con discapacidad.
Los resultados “evidencian que la mayor parte de los casos afecta a personas que, por su edad o condición de discapacidad, se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad”, indica la Fiscalía.
El análisis también señala “una ligera mayor incidencia en hombres”. Siempre según lo analizado en 2025, “el 55% de las víctimas fueron de sexo masculino y el 45%, femenino. La misma tendencia se observó en 2023, con un 59% de hombres entre los casos registrados.
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El incremento proporcional más importante dentro del total de víctimas se registró en el grupo etario de 80 a 89 años.
Lo que en 2023 representaba el 9%, en 2025 alcanzó el 33%, lo que para la Fiscalía “sugiere que la mayor dependencia funcional propia de edades avanzadas puede incrementar la vulnerabilidad frente a situaciones de abandono u omisión de cuidados”.
Dentro del hogar
El último año de estudio muestra que el 96% de los casos analizados se dieron dentro de la vivienda, lo que “revela que este tipo de violencia tiende a permanecer en el ámbito privado, donde muchas veces resulta difícil detectar”.
“Desde una perspectiva psicosocial, esta situación coincide con los patrones observados en otras formas de violencia intrafamiliar, en las que la dependencia física, económica o emocional puede dificultar que las víctimas o su entorno soliciten ayuda oportunamente”, indica el informe.
Presuntos responsables
La violación del deber del cuidado se da principalmente por parte de los hijos de la persona afectada: 81% en 2024 y 83% en 2025, datos que “reflejan que la vulneración del deber legal de cuidado ocurre, en la mayoría de los casos, dentro del propio entorno familiar”.
Asimismo, en el 94% de las causas se identificaron situaciones de abandono como hecho relacionado. Esto, para la Fiscalía “evidencia que la omisión de cuidados suele manifestarse mediante el incumplimiento de necesidades básicas de alimentación, atención médica, higiene o protección”.
La primera consecuencia registrada durante 2025, presente en el 65% de los casos, fue la “privación de recursos económicos destinados a cubrir necesidades básicas o acceder a atención médica”. El deterioro físico, con un 32%, es la segunda consecuencia.
El informe también clasifica los casos según el territorio, señalando que el Departamento Central concentró el 50% de las causas registradas en 2025, seguido por Asunción y Alto Paraná.
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También señala que el 85% de las denuncias fueron presentadas por familiares cercanos. Bajo la mirada del Ministerio Público, “evidencia el papel fundamental del entorno familiar en la detección temprana de estas situaciones y en la activación de los mecanismos de protección previstos por la legislación”.
En su informe, recordaron además que el cuidado de las personas mayores constituye una obligación legal y un compromiso de la familia y de la sociedad.
“La violación del deber de cuidado de ancianos o discapacitados, prevista en el artículo 227 del Código Penal, constituye un hecho punible cuando se verifica un incumplimiento grave del deber legal de asistencia hacia personas en situación de especial vulnerabilidad. En ese sentido, resulta fundamental fortalecer la cultura del cuidado, promover redes de apoyo y denunciar oportunamente cualquier situación que vulnere los derechos de las personas mayores y de las personas con discapacidad, a fin de garantizarles una vida digna, segura y protegida”, concluyen.