La imputada es María Kathryn Román Trinidad, quien fue procesada por supuesto cohecho pasivo agravado, según la imputación presentada por el agente fiscal Jorge Arce, quien había requerido la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva.
Según la imputación, la procesada habría solicitado y aceptado la suma de G. 1.000.000, proveniente de la cuenta bancaria de Edgar Osvaldo González Prieto, presuntamente a cambio de acelerar la redacción y emisión de un dictamen fiscal en el marco de un juicio sucesorio en el cual el denunciante intervenía como abogado patrocinante.
Ante esto, Román Trinidad fue denunciada ante el Ministerio Público, por lo que comenzó la investigación que culminó con la imputación a la funcionaria fiscal.
En la audiencia de imposición de medidas cautelares, la procesada funcionaria fiscal estuvo acompañada por su abogado defensor donde solicitó la aplicación de las medidas alternativas.
El juez analizó el pedido del representante del Ministerio Público y concedió la medida cautelar, teniendo en cuenta que el peligro de fuga y de obstrucción de investigación podrían ser evitados con la aplicación de medidas menos gravosas.
Con ello, hizo lugar a la aplicación de las medidas alternativas solicitadas a favor de María Kathryn Román Trinidad, quien deberá residir en el domicilio denunciado en autos, no pudiendo cambiarlo sin autorización del Juzgado.
Además, tiene prohibido cambiar de número de celular; la obligación de presentarse del 1 al 10 de manera trimestral a los efectos de firmar el libro de comparecencia en secretaria del Juzgado y comparecer a todas las citaciones que el Juzgado realice.
Asimismo, tiene prohibido salir del país y tiene una caución juratoria, conforme con la resolución. Con ello, la procesada estará en libertad mientras dure la investigación en su contra.