12 abr. 2026

Corte Suprema pone trabas a juicio contra Camilo Soares

La Corte Suprema de Justicia admitió parcialmente la acción presentada por Camilo Soares contra una resolución que declaraba inadmisible la apelación al juicio oral en la causa conocida como coquitos de oro. Debido a que otro tribunal debe analizar la misma acción, aún no se puede fijar fecha para el juicio.

Camilo Soares

Enrique Villamayor

Con los votos de los ministros los Miryam Peña, Manuel Ramírez y la disidencia de Eugenio Jiménez, la Corte anula la resolución del Tribunal de Apelaciones, que había declarado inadmisible la apelación al juicio oral la causa contra Camilo Soares y el ex funcionario de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) Alfredo Guachiré.

La nueva disposición de la máxima instancia judicial indica que otro tribunal deberá analizar la apelación contra el auto de apertura a juicio oral.

La causa ya tiene un Tribunal de Sentencia confirmado y que está integrado por Juan Carlos Zárate, Cynthia Lovera y Héctor Capurro, quienes aún no pueden fijar fecha para el juicio oral, hasta que se defina a la acción presentada por la defensa de Soares.

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Por lo general los tribunales de apelaciones declaran inadmisibles los recursos contra el auto de apertura sin estudiar los demás puntos y esta es la primera vez que la Corte admite que se deben estudiar las apelaciones contra la elevación a juicio oral, explicó el periodista Raúl Ramírez.

El juez Pedro Mayor Martínez, actual camarista, había elevado a juicio oral el caso conocido como coquitos de oro el 22 de abril del 2016. Esto fue apelado y a partir de allí la Tercera Sala del Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible su estudio el 14 de junio 2016.

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Tanto Camilo Soares, ex titular de la SEN, como el ex funcionario Alfredo Guachiré fueron imputados en abril de 2013 por la presunta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza y producción de documentos no auténticos. La acusación fue presentada por el entonces fiscal anticorrupción Arnaldo Giuzzio.

Según el Ministerio Público, el perjuicio patrimonial al Estado llegó a G. 4.290 millones y que esto se concretó a través de sobrefacturaciones en la compra de alimentos, chapas y en la excavación de cinco pozos artesianos en Concepción.

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