La Cámara de Importadoras de Perfumes y Cosméticos (Caimpeco) denunció que la Corte Suprema de Justicia sigue otorgando notas y amparos judiciales a firmas para la importación de perfumes y cosméticos, evadiendo los controles sanitarios exigidos por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa).
“La Corte sigue dando las acciones y los amparos a pesar de todo. Esta nueva Corte, con César Diésel y Víctor Ríos, ya firmaron auto interlocutorios que conceden medidas cautelares por las cuales no necesitan cumplir con el registro sanitario para poder importar esos productos. Es decir, otorgaron a nuevas empresas”, sostuvo la abogada Luján García de Zúñiga, representante legal de la Caimpeco.
Actualmente, son tres las empresas que se encuentran con medidas cautelares que suspenden lo efectos del Decreto N° 3636/20, por el cual se reglamenta el artículo 39 de la Ley N° 1119/1997, “De productos para la salud y otros”.
Por otro lado, se encuentran las empresas que no cuentan con medidas cautelares o Acuerdos y Sentencias contra normativas que se hallan vigentes, pero aun así importan con simples notas emitidas por la Corte Suprema de Justicia, señalaron.
“La Corte, en aquellos casos donde solo hay medidas cautelares, podría resolver el fondo de cuestión, resolviendo lo que ellos consideren, por supuesto, u otorgando definitivamente el permiso o no, pero lo que se hace es un limbo y de alguna manera se están lavando las manos porque no se expiden sobre el fondo de la cuestión y entonces sigue vigente la medida cautelar, pero en el fondo la medida cautelar es el objetivo mismo de la demanda de acción de inconstitucionalidad presentado, entonces es como si le hubiesen dado”, lamentó.
Desde la Cámara también hacen un monitoreo de las empresas que sin contar con los permisos emitidos por Dinavisa realizan importaciones declaradas dentro de Zona Franca, pero que figuran dentro del portal de datos abiertos de la Dirección Nacional de Aduanas.
“Siempre se realiza el monitoreo y sabemos cuál es la cantidad que traen las empresas que tienen medidas cautelares, tanto las acciones de inconstitucionalidad, y después están las empresas que tienen una nota vieja de la Corte, que ya no tiene más validez jurídica”, detalló.
Desde Aduanas, el jefe de División de Arancel explicó que para el ingreso en zona franca se tiene una ley especial que si bien es bajo control aduanero, no es considerado territorio aduanero; por ende, todos los ingresos a zona franca son sin el pago de tributos y sin la exigencia de documentos requeridos. Dijo que en estos casos las importaciones son vendidas a las empresas que sí tienen amparos y pueden comercializarlas en el mercado nacional.