Fue fallo dividido de los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, quienes declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa del condenado Ciriaco Rubén Valdez.
La defensa había recurrido el acuerdo y sentencia el 21 de abril del 2023, dictado por el Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala.
Esta resolución, a su vez, había ratificado la sentencia dictada en el juicio oral el 17 de diciembre del 2022, por los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Héctor Capurro y Yolanda Portillo que le condenó por el citado hecho.
Valdez había sido condenado a la pena de seis meses de cárcel, pero la sanción fue suspendida a prueba por el plazo de dos años.
La defensa había alegado que los camaristas no justificaron los motivos del rechazo del reclamo sobre que los jueces no habían realizado la advertencia de que se podría aplicar otra calificación, de modo a que la defensa se preparara.
Además, sostuvo que la condena se basó solamente en la declaración de una testigo. Finalmente, también reclamó la resolución del Tribunal de Alzada.
La resolución
Fue preopinante el ministro Benítez Riera, que dijo que el recurrente no explicó concretamente en qué le perjudicaron los reclamos realizados, por lo que no se cumplieron con las formalidades legales, y votó por declarar el recurso inadmisible.
Por su parte, el ministro Manuel Ramírez Candia votó por declarar admisible para su estudio el recurso, ya que el defensor reclamó que varió la calificación de los hechos, que no fueron acusados por la Fiscalía.
Lea más: Sextorsión: Tribunal ratifica condena de seis meses para Rubén Valdez
Sin embargo, el ministro dice que con respecto a los otros agravios deben ser declarados inadmisibles.
La ministra Carolina Llanes se adhirió al voto de Benítez Riera, con lo que el recurso finalmente fue declarado inadmisible.
La acusación
En el juicio oral, se probó que Valdez exhibió videos íntimos de su pareja sin su consentimiento.
Según el fallo, el condenado formó pareja desde el 2014 con una integrante del CBVP, en ese entonces de 21 años, a quien este le tomaba fotografías desnuda, grababa actos sexuales sin que esta se percate.
Incluso, conforme con el fallo, el mismo obligó a la joven a realizar actos sexuales bajo amenaza de publicar videos, incluso, un trío con otra camarada, entre otras cosas.
La denunciante se percató de lo ocurrido cuando fue invitada a la casa del condenado, donde le exhibió los videos mientras tenían relaciones íntimas, y así lo denunció.