Fue fallo unánime de los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, quienes admitieron el estudio del recurso que planteó la defensa, pero finalmente confirmaron los fallos condenatorios.
El abogado Enrique Espínola planteó casación contra la resolución del Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala del Alto Paraná, del 13 de setiembre de 2022. Este fallo, a su vez, ratificó la condena a la citada pena, dictada en el juicio oral el 20 de mayo de 2022.
La defensa pidió anular la resolución y que se repita el juicio oral.
Sin embargo, los ministros solo admitieron dos de los agravios. El primero, porque los jueces no eran competentes, porque se tuvo que reiniciar el juicio, y aquellos preopinaron al resolver los incidentes. Además, que el consultor técnico no ingresó para la deliberación.
Los ministros dijeron que los jueces sí eran competentes, porque no dictaron resolución sobre el fondo de la cuestión, por lo que bien podían estudiar los recursos. Además, sobre el consultor dijeron que el defensor no reclamó oportunamente la cuestión.
Así, ratificaron el fallo.