11 jul 2026

Corte ratifica pena de 25 años de cárcel para mujer que mató a su hija en Capiatá

La condena de 25 años de cárcel para una mujer que acabó con la vida de su hija de 3 años y luego intentó quitarse la vida fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inadmisible el recurso de casación promovido por la defensa de la encausada.

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Confirmada. La pena de 25 años para una mujer que mató a su hija fue ratificada por la Corte.

Foto referencial: minuto30.com.

Fue una decisión unánime de los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Carolina Llanes, quienes declararon inadmisible el recurso promovido por el defensor público Hilarión Amarilla.

La resolución afecta a Ángela Elizabeth Rivas, quien la tarde del 24 de setiembre del 2021, mató a su hija de tan solo 3 años al cortarle el cuello con un cúter. Luego ingerió soda cáustica para quitarse la vida, pero no lo logró.

El hecho se registró en la ciudad de Capiatá, del Departamento Central, donde la mujer fue auxiliada y derivada al Hospital de Trauma, donde lograron salvarle la vida. La mujer luego asumió la responsabilidad y dijo que tomó la drástica decisión por los supuestos problemas que le produjo su último embarazo.

Sobre el padre de la niña, señaló que era un ciudadano extranjero. Según había señalado la mujer, la niña nació en Sudáfrica, pero fue concebida en nuestro país.

Recurso ante la Corte

En su recurso, la defensa atacó la resolución del 4 de febrero pasado, del Tribunal de Apelación Penal de Central, que había confirmado la sentencia dictada en el juicio oral el 25 de agosto del 2025, cuando los jueces le condenaron a 25 años de cárcel.

En su recurso, Amarilla sostuvo que la resolución de los camaristas era manifiestamente infundada, además de que se violaron la normativa referente al trastorno mental y las atenuantes en circunstancias especiales, así como un error en el cálculo de la pena.

Lea más: Imputan a mujer sospechosa de matar a su hija en Capiatá

Sin embargo, según los ministros, “se limita a citar los artículos, sin desarrollar de forma correcta por qué el Tribunal de Sentencias aplicó de forma incorrecta dichos artículos”.

“Además de ello, manifiesta el recurrente que si bien el Tribunal de Apelaciones realizó una fundamentación complementaria, esta también es insuficiente porque no responde a todos los agravios de la defensa y establece un error de logicidad con relación a los elementos a favor y en contra”.

De esta manera, entienden los ministros que no se cumplieron los requisitos para que sea estudiado, por lo que votan por declarar inadmisible para su estudio el recurso.

Con esto, queda firme la condena de 25 años de cárcel para la mujer.

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