Pasaron seis años desde la fuga masiva de 76 presos en el Penal Regional de Pedro Juan Caballero, entre ellos, varios miembros del Primeiro Comando da Capital (PCC) y aún no hay sentencia en el caso. Ahora, la Sala Constitucional anuló la resolución del Tribunal de Apelación del Amambay que ratificó el fallo que envió la causa a juicio oral. Son 29 acusados en la causa, entre ellos, el ex director del penal Regional de Pedro Juan Caballero, Christian Rolando González Morel, y funcionarios penitenciarios procesados por liberación de presos, frustración de la persecución y ejecución penal, y asociación criminal.
En el caso, los fiscales Federico Delfino, Fabiola Molas e Irene Álvarez pidieron juicio oral contra los 29 procesados, con lo que, el 1 de abril del 2022, el juez Penal de Garantías, Juan Martín Areco, elevó el caso a juicio oral.
Esto fue recurrido ante el Tribunal de Apelación Penal de Pedro Juan Caballero, que, por fallo del 12 de mayo del 2022, declaró inadmisible el recurso planteado por la defensa de los encausados.
Con ello, ya se sorteó el Tribunal de Sentencia para la causa. Está integrado por los jueces Marcelina Quintana, Librada Peralta y Mirna Soto González, mientras que son suplentes, Mirna Ocampos, Mario Peralta, Ana Aguirre y Vivian Quiñónez.
Sin embargo, el abogado Raúl Caballero, por la defensa del ex director del Penal, Cristhian González Morel, y de Everth Ramón Castro, promovió acción de inconstitucionalidad contra el fallo del Tribunal de Apelación.
De esta manera, el juicio oral previsto en principio para el 6 de octubre del 2023 fue suspendido hasta tanto la Sala Constitucional de la Corte Suprema se expidiera respecto a la acción.
El Fallo. Finalmente, 20 de julio pasado, los ministros Gustavo Santander, Víctor Ríos y César Diesel, se expidieron en la acción de inconstitucionalidad contra la resolución de los camaristas del Amambay.
El defensor Raúl Caballero señaló que las resoluciones violaban el derecho a la defensa, el debido proceso, el derecho a una sentencia fundada en la Constitución y en la ley.
Además, sostuvo que el fallo del juez Areco, fue arbitrario porque omitió el análisis de las pruebas ofrecidas y mantener la acusación imprecisa. Además, el Tribunal de Apelación incurrió en formalismo excesivo al rechazar el estudio del recurso, con lo que violó su derecho a recurrir.
Tanto los fiscales de la causa como la Fiscalía Adjunta solicitaron el rechazo de la acción de inconstitucionalidad, ya que no era la vía idónea para imponer un criterio interpretativo.
Los ministros, en forma unánime, entendieron que la irrecurribilidad del auto de apertura a juicio priva al justiciable de la posibilidad de someter a revisión judicial las eventuales violaciones ocurridas en la etapa intermedia.
Con ello, dicen que restringe injustificadamente al acceso a un recurso efectivo, por lo que la restricción contenida en el artículo 461 del Código Procesal Penal es inconstitucional.
Así, anulan la resolución dictada por los camaristas que declararon inadmisible la resolución dictada por los camaristas. Con ello, anulan el fallo, y lo envían a otro Tribunal que analice el recurso.
El caso. Según la acusación fiscal, los hechos ocurrieron en la noche del 18 y la madrugada del 19 de enero del año 2020, entre las 22:47 y 04:30 aproximadamente, en el interior del Pabellón A – Baja y Alta - de la Penitenciaria Regional de Pedro Juan Caballero.
Alegan que los funcionarios penitenciarios que prestaban servicio habrían facilitado la fuga –a través de un túnel, construido en el interior del sanitario de la Celda N° 13 del Pabellón A baja–, de 76 personas privadas de libertad, entre paraguayos y brasileños, varios de ellos pertenecientes a grupos o facciones criminales transnacionales, como el Primeiro Comando da Capital (PCC) de Brasil.
Los reclusos salieron fuera del recinto penitenciario, por una abertura en el suelo de 60 cm por 70 cm de diámetro, que tenía una profundidad de un metro 75 centímetros, donde terminaba el túnel, ubicada a 23,50 metros del puesto Centinela 1.
Luego, cortaron el alambrado que cubría el perímetro del citado centro penitenciario, ubicado sobre la calle Naciones Unidas, para huir del lugar, en distintas direcciones.
En tanto que el 19 de enero de 2020, a las 09:45, se presentó en sede de la Penitenciaría Regional de Pedro Juan Caballero, el director que no se encontraba cumpliendo sus funciones ese día, delegando su función en el jefe de Seguridad Arnaldo Báez, sin poder justificar el motivo de su ausencia.
Los procesados por la megacausa
Los acusados en el caso son: Christian González Morel, Luis González Larrea, Tadeo Cristaldo, Arnaldo Báez, Concepción Fernández, Alcides Villalba, Justino Rolón, Rosalino Ocampos, Robert Quevedo, Antonio Salinas, Adán Aquino, Domingo Zaracho, Eligio Benítez, Marcelino Ferreira, Carlos Ortellado, Everth Castro, Pablo González, Ramón Amarilla, Héctor Florenciano, Nelson Pereira, Nelson Zárate, Cristian Pedra, Alcides Ramírez González, Óscar Ferreira Martínez, Sergio Toledo Venialgo, Gabriel Garcete Zorrilla, Ricardo Arévalos Santander y Jonatan Britos Alves.