26 sept 2026

Condenan a máxima pena por caso de feminicidio en pleno Año Nuevo

Tras ser hallado culpable de feminicidio, un Tribunal de Sentencia de Central condenó a 30 años de cárcel a un hombre. Según la acusación, la pareja sentimental fue muerta a golpes en la madrugada del 1 de enero del 2024.

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Feminicidio. El acusado habría matado a golpes a su pareja, conforme con la acusación fiscal.

Imagen ilustrativa.

La resolución afecta a Aníbal Espínola García, de 62 años al momento del hecho, quien fue hallado culpable por la comisión del hecho punible de feminicidio de su pareja sentimental de Alba Rosa Salinas Paredes, de 49 años.

La acusación del Ministerio Público fue sostenida por la agente fiscal de Villa Elisa, Fani Aguilera, ante el Tribunal de Sentencia de Central, que finalmente, declaró probados los hechos punibles y le condenaron a la máxima pena prevista en la ley penal.

El hecho ocurrió el 1 de enero de 2024, en horas de la madrugada, en el interior de la habitación que compartía la pareja, en el barrio 29 de Setiembre, de la ciudad de Villa Elisa, según los antecedentes del caso.

Según se probó en el juicio oral, el acusado Espínola García golpeó brutalmente a la víctima, ocasionándole lesiones internas y externas que produjeron una hemorragia interna y, posteriormente, su fallecimiento.

La autopsia médico-legal determinó como causa de muerte un shock hipovolémico por traumatismo cerrado y traumatismo de cráneo cerrado.

Durante el juicio oral y público se logró demostrar que, a lo largo de la relación de pareja, existieron varias denuncias por violencia familiar contra Aníbal Espínola García, en las que la mujer figuraba como víctima. Incluso, había sido detenido por violencia intrafamiliar.

Según los antecedentes, el ahora condenado incluso tenía otra denuncia por violencia doméstica de parte de otra mujer, en el año 2007.

En ocasión del hecho, tras ser detenido, el mismo sostuvo que al despertarse halló a su pareja sin signos vitales y que, incluso, intentó reanimarla, pero no tuvo éxito. No obstante, esto no se probó en el juicio oral.

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