24 sept 2026

“Daño institucional”: Con estos argumentos jueces condenaron a Hernán Rivas

El Tribunal de Sentencia tildó de “grave” la conducta del ex senador Hernán David Rivas, no solo al tener un título falso, sino al usarlo, generando “un daño institucional incalculable”, ya que el ex legislador llegó a jurar como integrante del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), alegando ser abogado.

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Hernán Rivas, condenado por título falso.

Foto: Andrés Catalán.

Algunos de los argumentos del Tribunal de Sentencia integrado por los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo se basa en que el ex senador Hernán Rivas –condenado hoy a 8 años de cárcel– invocó tener esa condición profesional de abogado en sucesivas veces, “ante distintos órganos del Estado y produjo consecuencias jurídicas concretas”.

Haciendo memoria, el 3 de julio del 2020, siendo diputado, Rivas fue electo como representante de la Cámara Baja ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), alegando que cumplía el requisito de ser abogado para ejercer esa función. Estuvo en el cargo hasta el 2023.

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Rivas, junto a su abogada.

Foto: Andrés Catalán.

Nuevamente, el 6 de julio del 2023, ya ante la Cámara de Senadores, el dirigente oriundo de Itapúa fue electo por sus pares como representante de la Cámara Alta ante el mismo órgano, llegando incluso a ser presidente del órgano extrapoder.

Para el Tribunal, esto fue grave, atendiendo a que ahora se prueba que no hay “sustento académico” de que él haya cursado la carrera de Derecho en la Universidad Sudamericana, entre el 2011 y el 2015, tal como lo dijo él y consta en sus documentos falsos: certificado de estudios y título.

Ver más: Hernán Rivas es condenado a 8 años de cárcel por tener título falso: “Un alumno fantasma”

“El acusado conocía que no había realizado el recorrido académico que debía sustentar su condición de abogado y aun así hizo valer esa condición para obtener efectos jurídicos”, argumentó la García, presidenta del Tribunal.

Los jueces hablan de “energía criminal”

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El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo.

Foto: Andrés Catalán.

Al momento de evaluar la conducta del acusado para establecer la sanción “justa”, el Tribunal concluyó que se encontraban ante “un grado de reproche considerado alto”.

“La conducta trascendió la espera individual y alcanzó instituciones de relevancia constitucional, al permitir el ejercicio de funciones reservadas a aquellos que reúnen las condiciones de idoneidad exigidas por la Constitución”, mencionó García de Zúñiga.

Finalmente, hablan de un daño institucional “incalculable”, al vulnerar la confianza ciudadana en el sistema de juzgamiento de los operadores de justicia “evidenciando, además, una sostenida energía criminal al utilizar reiteradamente estas documentaciones”, sustentó.

Habló también de que de la propia sociedad tuvo la oportunidad de observar las intervenciones de Rivas, “en espacios institucionales de amplia exposición pública”, tanto en la Cámara de Diputados, de Senadores, como en el ejercicio de sus funciones ante el JEM, “las cuales permitieron advertir dificultades que resultaban plenamente observables en el contexto de los demás”, dijo la presidenta.

Inconsistencias corroboradas por el Tribunal de Sentencia

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Hernán Rivas fue escrachado al salir de Tribunales.

Foto: Andrés Catalán.

  • Exámenes: No se individualiza la fecha concreta en que rindió los exámenes.

Cinco materias consignadas en el certificado de estudios tienen mismo mes y año de que supuestamente se rindieron, “sin individualizar el día concreto en que cada una habría sido evaluado”, que hace sospechar que los exámenes fueron realizados “en una misma jornada o dentro de un mismo periodo temporal”, “difícil y compatible con el desarrollo ordinario de un proceso académico regular”.

  • Carrera no habilitada: En las ofertas académicas de la Universidad Sudamericana correspondientes al periodo 2009-2015 en Ciudad del Este no figura la carrera de Derecho.
  • Carga horaria: Los certificados consignan un total de 4.320 horas, pero las sumas de las asignaturas allí consignadas ascienden a 4.410 horas.

“Una carrera universitaria presencial cursada en un solo turno supone jornadas ordinarias de aproximadamente 4 horas cátedra durante los días hábiles: Sumando nueve meses por año, cinco días de clase por semana y una jornada de cuatro horas durante los cinco años continuados, el resultado se mantiene sencillamente por debajo de las 4.320 horas”, sostuvo la jueza María Fernanda García de Zúñiga.

  • Registro del título: Se solicitó el registro del título ante la Ministerio de Educación (MEC) el 8 de junio de 2020 a las 17:00 y recién se hizo ingreso al día siguiente, 9 de junio, a las 8:30 horas, y se terminó registrando “en apenas 6 minutos”.
  • La auditoría del MEC: La auditora no verificó los presupuestos necesarios para corroborar si el certificado de Rivas cumplía o no con los requisitos para decir que era real.
  • Tesis: No se pudo determinar la modalidad de la tesis de Rivas: “Mientras que uno de ellos señaló que su defensa de tesis era ante una mesa examinadora, otros manifestaron que el trabajo se ha presentado por escrito”.
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