17 ago 2026

Condenan a agente especial por tentativa de revelación de secretos

En mayoría, el Tribunal de Sentencia condenó a un año y medio de prisión, pero con la suspensión de la ejecución de la pena por dos años, al agente especial de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), Enrique Ismael Flores, por la tentativa de revelar secretos de servicio. Quiso pasar a un periodista el paradero de Sebastián Marset, que supuestamente era protegido por autoridades.

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Condena. El Tribunal condenó por mayoría al agente especial de la Senad, Enrique Flores.

Gentileza.

Los jueces Manuel Aguirre, Rossana Maldonado y Juan Francisco Ortiz, en mayoría, hallaron culpable al acusado de tentativa inacabada del hecho punible de revelación de secretos de servicio.

Señalaron que se probó como hecho penalmente relevante que el acusado, en noviembre del 2023, se reunió con el periodista Osvaldo Cazenave en la sede del diario ABC Color, donde le dijo que sabía dónde estaba el prófugo Sebastián Marset.

Además, sostuvo que dijo que el fugitivo era protegido por el ministro Jalil Rachid, el director antidrogas, Aldo Pintos y Mauro Ruiz Díaz, y también por el entonces director de Inteligencia Cristian Amarilla, por lo que no era capturado. Sin embargo, tras hablar con sus jefes, el periodista no quiso recibir la información.

Sin embargo, no tenían relevancia jurídica las comunicaciones con la senadora Celeste Amarilla y la agente especial, Mirian Tapia, pero no llegó a reunirse con ellas.

En los alegatos finales, el fiscal Jorge Arce solicitó 2 años de prisión, sin oponerse a la suspensión de la ejecución, para el agente especial Enrique Ismael Flores. La defensa requirió la absolución de culpa y reproche.

Ya en el fallo, en mayoría, los jueces Maldonado y Ortiz, entendieron que hubo tentativa inacabada, ya que fue al medio periodístico, se reunió con el periodista, pero no pasó la información por la negativa de los directivos.

Además, dijeron que como agente de la Senad tenía la obligación de guardar los secretos de servicio. Sostuvo que la pena se reducía, al no haberse consumado el delito.

Con ello, señalaron que la pena justa y útil era la de un año y medio de cárcel, con la suspensión de la ejecución de la condena por dos años. Tiene prohibición de salida del país, de cambiar de domicilio y debe comparecer ante el Juzgado de Ejecución.

Por su parte, el juez Manuel Aguirre votó por la absolución por duda, ya que no sabía qué secreto iba a ser revelado, debido a que el mismo ministro Jalil Rachid dijo que era un rumor antes que una información confirmada. Con ello, entendió que no se consumó el hecho punible.

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