La resolución fue dictada en forma unánime por los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, que declararon inadmisible el recurso planteado por el abogado Óscar Brítez Argaña, en representación de la empresaria Cristina Vogel Diedrich, que representa a la empresa Novex SA, que tiene a su cargo la fábrica de embutidos Ochsi.
Con ello, se podrá fijar la audiencia preliminar para estudiar el pedido de sobreseimiento provisional respecto a la procesada en la causa.
El 13 de mayo pasado, la Corte había rechazado la recusación contra los camaristas Alicia Orrego Pérez, Dionisio Frutos y Gustavo Bóveda, miembros del Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, de la Circunscripción Judicial del Departamento Central.
Luego de ello, los camaristas habían dictado la resolución el 22 de mayo pasado, que rechazó una reposición. Con ello, de nuevo la defensa promovió el recurso extraordinario de casación contra este fallo.
El caso está parado con los recursos desde el 24 de setiembre del 2024, cuando se rechazó la reposición del plazo planteado por la defensa.
Según dicen los ministros, “la presentación aducida no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía”.
Añaden que “la misma, al confirmar la resolución del juez penal de garantías, por la cual no se hizo lugar al pedido de aclaratoria de la providencia de fecha 24 de setiembre de 2024, no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.
De esta manera, declaran inadmisible el recurso de la defensa y, con ello, destraban la causa.
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En el caso, Cristine Vogel Drierich, representante de la empresa Novex SA, administradora de la fábrica de embutidos Ochsi, fue procesada por el supuesto hecho punible de procesamiento ilícito de desechos, por parte de la fiscala Lorena Ledesma, que también indagó a la empresa por la fuga de gas amoníaco que dejó como saldo cuatro muertos y 14 heridos.
La imputación señalaba que el 8 de febrero del 2024 se constató que los desechos almacenados habrían sido arrojados directamente al arroyo San Lorenzo, sin ningún tipo de tratamiento.
El sistema de tratamiento de afluentes de la planta industrial de la empresa consistiría en cuatro tanques de fibra de vidrio conectados entre sí y con capacidad de 45.000 litros cada uno.
Dice la imputación que en dos de los tanques inspeccionados se habría hallado un sistema compuesto por una válvula de paso y mangueras de conducción que tienen bocas de descargas en un colector de hormigón, que, a su vez, contiene caños y que, según las pesquisas, conduce directamente al arroyo.
Los restos que van al cauce hídrico podrían causar una contaminación del agua, “debido a la gran cantidad de materia orgánica presente”, refiere el acta de imputación.