“Honestamente, desde el punto de vista jurídico, desde el Municipio entendemos, en primer lugar, que no existen causales para la intervención”, dijo Torres en una entrevista con radio Ñandutí.
El abogado inclusive añadió que la Contraloría General de la República (CGR) carece de legitimidad para solicitar la intervención, “porque el artículo 165 de la Constitución Nacional establece que el único que está legitimado para pedir la intervención es el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Cámara de Diputados”.
Dicho artículo, en palabras del asesor, “establece tres casos puntuales: Pedido de la Junta Municipal o Departamental, por una mayoría calificada, por desintegración de la Junta, y el tercer inciso habla básicamente de mala ejecución presupuestaria o malos manejos financieros previo dictamen de la Contraloría”.
Torres también reveló que el imputado intendente de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez, “no está de acuerdo” con el pedido de intervención, puesto que él “sostiene que no existe esa causal”.
“Podemos decir que no sabemos barrer la calle, que no estamos asfaltando, pero de ahí a que existan motivos para una intervención, nosotros estamos totalmente en desacuerdo”, afirmó el abogado, quien por otro lado resaltó que no cuestiona la seriedad de la Contraloría, ni tampoco el trabajo técnico que realiza.
Adelantó que la Comuna realizará una presentación al Ministerio del Interior con toda la documentación “antes de que se decida la intervención, comunicando y manifestando que no existen dichas causales, que no amerita la intervención”.
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Uso de la cuenta única
Benito Torres también se refirió a la utilización de la cuenta única por parte de la administración de Nenecho. Apuntó a que “la única discusión y el pedido que origina esto es la utilización o no de la herramienta financiera de la caja única”.
Subrayó en que el uso de esta figura es “lo único que motiva el pedido de intervención” y defendió dicha herramienta señalando lo siguiente: “La utilización de la caja única es un mecanismo financiero que mientras vos no necesites utilizarlo, podés utilizar para otros... para aplicarlo a otros rubros, pero siempre dentro de tu presupuesto general de gastos”.
Resaltó el hecho de que el Poder Ejecutivo solicite “bonos para pagar intereses” mientras que la Comuna no “puede utilizar supuestamente para esos menesteres”.
“Y nadie cuestiona. (...) El Municipio tiene autonomía, la limitación que nos coloca la Ley de Administración Financiera le autoriza al Municipio a utilizar esa herramienta, y esa herramienta es muy importante porque en su momento sirvió para dejar de gastar sumas importantes en otros... (sic). Y actualmente con el flujo que se va generando, esa cuenta va realimentándose”, explicó.
En consonancia con las declaraciones que suele realizar Nenecho, Torres afirmó que la cuenta única “te da la posibilidad de que puedas utilizar y tener que nuevamente volver otra vez por tu flujo de caja”. Explicó que el fondo que se administra por esta cuestionada figura “de hecho se está utilizando” y que “así se terminó Molas López, así se está haciendo la avenida De la Victoria”.
“Lo que pasa es que... esa es la trazabilidad del dinero que va ingresando. El dinero es una cosa fungible, no es que yo recibo 100.000 guaraníes con la denominación tal y ese dinero tengo que usar para esa obra. Yo tengo que utilizar el monto del cual yo recibí para esa obra”, buscó aclarar.
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En el 2024, la Contraloría General de la República emitió un informe en el que apunta que “la normativa legislativa que regula la modalidad de cuenta única claramente no puede ser aplicable a un gobierno municipal”.
En primer lugar, según el informe, porque en el caso de las municipalidades esa ley está en conflicto con la Ley Orgánica Municipal, que prohíbe ejecutar dineros provenientes de la emisión de bonos para pagar gastos corrientes.
Por otro lado, la Contraloría también indicó que la modalidad de la cuenta única “exige ciertas características que deben cumplirse inexorablemente”, como por ejemplo que los recursos financieros “deben estar en cuentas habilitadas en el BCP” y que la transferencia de fondos se debe hacer sobre “fondos de organismos del Estado que tienen excedentes que, presumiblemente, no serán ejecutados en el corto plazo”.
“El Municipio no deposita sus recursos financieros en cuentas del BCP bajo la modalidad de la cuenta única del Tesoro. Los excedentes destinados a gastos que no corresponden al fin declarado para la obtención de los bonos no podrán ser repuestos por la Comuna, ya que la Administración municipal, históricamente, cuenta con un balance de gastos corrientes que apenas es cubierto con sus ingresos genuinos por el cobro de títulos”, señala el informe.
Añade finalmente que “es improbable que las deudas comprometidas para infraestructura por la Municipalidad puedan ser cubiertas con impuestos” y que es “imposible” que su reposición pueda ser realizada en el corto plazo, violando así, expresamente, el espíritu de la normativa que regula la modalidad de cuenta única.