07 sept. 2024

Abogado califica de “irracional” la detención de una mujer de 62 años por tener dos plantas de marihuana

La detención de una mujer de 62 años por exhibir en su balcón dos plantas de marihuana abrió el debate sobre la política criminal en Paraguay en relación con esta droga. Para el abogado Ricardo Preda, pretender castigarla es “totalmente irracional” porque no causó un daño a terceros ni producía cannabis de manera masiva.

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Marianne Rita Baumann, de 62 años, fue detenida por agentes del Departamento Antinarcóticos de la Policía Nacional por tener dos plantas de marihuana.

El abogado Ricardo Preda analizó el caso de la ciudadana sueca Marianne Rita Baumann, de 62 años, quien el miércoles fue detenida con dos plantas de marihuana.

El procedimiento –que se realizó en el marco del pan Sumar, campaña que impulsa el Gobierno para combatir el microtráfico de drogas– desató críticas y cuestionamientos hacia la Policía Nacional.

El fiscal de la Unidad Especializada contra el Narcotráfico del Departamento de Guairá, Erico Ávalos, la imputó y ordenó su prisión preventiva.

Nota relacionada: Una mujer fue detenida con dos plantas de marihuana en Guairá

Para Preda, este antecedente vuelve a abrir el debate sobre la política criminal de Paraguay en relación con la marihuana y apuntó a una urgente revisión para evitar “situaciones total y absolutamente irracionales como esta”.

“Supongamos que uno sostenga que el consumo de la marihuana causa un daño para la salud. Si la señora tiene la marihuana en su casa para su consumo, a lo sumo se hace daño a sí misma”, indicó.

En ese sentido, puso como ejemplo que el sistema penal de Paraguay no castiga a una persona que consume alcohol para hacerse daño.

Según los intervinientes, la mujer alegó que las plantas son para consumo personal.

“En ese escenario, pretender castigarla es sin duda irracional porque, si bien las leyes penales describen conductas, uno debe interpretar esas descripciones en función al bien jurídico protegido”, señaló.

Preda recordó que la Ley 1340 excluye la tenencia para consumo personal de la punibilidad; sin embargo, limita la tenencia. En el caso de la marihuana se puede tener hasta 10 gramos.

“Es decir, si yo tengo 11 gramos ya es punible la conducta”, acotó y sostuvo que, al ser de consumo personal, la relevancia de tener 10 o 30 gramos “no afecta”.

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“La señora exhibía las plantas porque entiendo que las tenía en la macetas en su balcón, ni siquiera las tenía de manera oculta, para decir que ella tenía algún tipo de ánimo de hacer una producción para la venta a terceros”, subrayó.

“Prisión preventiva es extrema”

Si el fiscal considera que la conducta de la mujer califica para una persecución penal, la prisión preventiva al inicio de un proceso en su contra es “extrema”, opinó.

Esto, porque no hay “ninguna posibilidad” de peligro de fuga ni peligro de obstrucción, “porque nadie discute que la señora tenía dos plantas de marihuana y eso ya está constatado”.

“Para mí no tiene que tener ninguna consecuencia, pero aunque lo tuviera, la prisión preventiva no es obviamente una medida racional”, reiteró.

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