El presidente de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Víctor Romero, revocó su resolución número 3.117 del 24 de noviembre del 2014, por la que adjudicó la precalificación para la fiscalización de la futura línea de transmisión en 500 kV a la consultora Compañía de Ingenieros Asociados (CIA SA), firma vinculada al ingeniero Héctor Manuel Maluf Ibarra, alto funcionario de carrera de la institución y asesor suyo.
La nueva resolución que anula el citado procedimiento es la Nº 3.239/2015, con la cual quedan automáticamente descalificadas las empresas que fueron elegidas en noviembre pasado, y todas las postulantes volverán a participar del proceso de precalificación, según informaron desde la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
Romero firmó la resolución luego de la notificación de una investigación de oficio de parte de la DNCP, a raíz de publicaciones de este diario, donde se revelaron el vínculo profesional y de negocios de la empresa adjudicada y Maluf, funcionario de la entidad contratante, asesor del mismo, hecho que, según la DNCP, es irregular para contratar. En este sentido, el titular de ANDE argumentó en el citado documento el interés institucional de adoptar medidas administrativas con el fin de garantizar la transparencia y legalidad de los actos cumplidos.
En su resolución, Romero también dispuso la conformación un nuevo comité de evaluación.
Cabe recordar que Maluf figura como accionista y también es profesional de CIA; “yo presto servicios”, según corroboró él mismo.
Inhabilitado. Maluf confirmó que trabaja para CIA y fue encontrado haciendo oficina en la sede de la empresa en pleno horario laboral de ANDE, institución de la cual es funcionario. Por este hecho de “aparente” relación laboral y de negocios, la firma no debería participar del proceso licitatorio, refirió en varias ocasiones el director jurídico de la DNCP, Luis Godoy.
Por el lado de la Función Pública, la abogada de ANDE Mirian Miyasaki de Galeano, también señaló que en su opinión un funcionario no puede prestar servicios a una empresa que tiene negocios con su institución. “Pero como tengo entendido que en el caso particular del ingeniero Maluf él es funcionario de carrera, cualquier sanción administrativa que implique segundo grado debemos hacerlo previo sumario administrativo”, había dicho al ser consultada sobre el caso.
Miyasaki es una de las integrantes del comité de evaluación dispuesta con la nueva resolución firmada el 23 de febrero. Cabe mencionar que la misma había adelantado en una consulta sobre la relación de CIA y Maluf que “de comprobarse esa circunstancia deberemos de tomar acciones en el ámbito de contrataciones, porque transgrede las normas vigentes”.
Uno de los incisos del artículo 40 de la Ley de Contrataciones Públicas señala que la prohibición para contratar rige para los terceros con los que un funcionario público tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios. Pero hasta ahora la consultora del funcionario de la ANDE sigue en carrera.
El artículo 60 de la Ley de la Función Pública dicta que “queda prohibido al funcionario dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios, remunerados o no, a personas físicas o jurídicas que gestionen o exploten concesiones de la Administración en el orden estatal, departamental o municipal, o que fueran proveedores o contratistas de las mismas”.
La empresa de Maluf es una privilegiada de las contrataciones públicas. En los últimos años facturó USD 7,7 millones al Estado y el 17% de su facturación fue con la ANDE.
Una de las últimas jugosas adjudicaciones en favor de la consultora de Maluf fue firmada precisamente por el actual presidente de ANDE, que contrató por G. 5.800 millones a esta empresa, pese a “desconocerla”, según sostuvo varias veces.